01/06/2025 - Edición Nº845

Política

Se reglamentó el impuesto a las Ganancias y se empieza a pagar con los sueldos de julio

22/07/2024 | Los trabajadores solteros que ganen mas de 1,8 millones de pesos, y de 2,2 en el caso de los casados, comenzarán a tributar ganancias desde este mes.



Los trabajadores solteros que ganen mas de 1,8 millones de pesos, y de 2,2 en el caso de los casados, comenzarán a tributar ganancias desde este mes.

El Gobierno Nacional reglamentó hoy la reforma al Impuesto a las Ganancias establecido en la Ley Medidas Paliativas y Relevantes. Los trabajadores que ganen sueldos brutos de 1,8 millones de pesos en el caso de los solteros y de 2,2 millones en el caso de los casados, comenzarán a pagar ese tributo con los sueldos que percibirán en agosto.

A través del Decreto 652, el Poder Ejecutivo oficializo los cambios en el Impuesto a las Ganancias para que se pueda aplicar desde este mes, con lo cual se estima que unos 800 mil empleados comenzarán a pagar ganancias que hasta ahora estaban exentos ya que lo hacían los altos ingresos que superen los 15 sueldos mínimos que en julio se iban a ubicar en los 3,5 millones de pesos.

La resolución fue firmada por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Economía, Luis Caputo.

La reposición de la cuarta categoría representa un 0,4 del Producto Bruto Interno y le permitirá al Gobierno mantener el déficit fiscal, y a gobernadores recibir mas fondos que habían perdido cuando en el 2023 se aprobaron los cambios en Ganancias, a instancias del entonces candidato a presidente de Unión por la Patria, Sergio Massa.

Uno de los puntos de la ley que generó mayores controversias es que a partir de ahora se computarán para el cálculo del gravamen a que deben pagar los trabajadores las horas extras, los premios, aguinaldo y no habrá una alícuota diferencial para los trabajadores de la Patagonia como existía en la ley previo a los cambios instrumentados en el gobierno de Alberto Fernández.

 Solo se permitirán las deducciones por hijo, conyugue, alquileres, prepaga y seguro de vida