La medida, que afecta a las líneas low cost, establece un esquema de bandas tarifarias que deberá estar listo dentro de 180 días.

A través de la resolución 89/ 2021, el Gobierno nacional estableció nuevamente tarifas mínimas y máximas para vuelos de cabotaje a través de un decreto publicado este viernes 24 de diciembre en el Boletín Oficial. En la disposición, el Ejecutivo instó al Ministerio de Transporte a conformar un sistema de bandas arancelarias para aplicar a esos servicios de transporte interno “en un plazo no mayor a 180 días“.

Según se estableció en el decreto, el Estado debe “velar por la adecuada prestación de los servicios públicos y preservar la sostenibilidad no solo del transporte aéreo para “evitar prácticas ruinosas que tras una efímera ventaja económica para los consumidores se revelan contrarias al interés general”.

El exceso de oferta en un mercado deprimido por la pandemia y la existencia de tarifas que no se ajustan a los costos operativos de las empresas pueden provocar la existencia de tarifas predatorias de mercado, susceptibles de conllevar a una competencia absurda con valores no compensatorios”, añade el documento que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Juan Manzur y el ministro de Transporte, Alexis Guerrera. Además, se observó el impacto de la pandemia en el transporte aéreo con “efectos devastadores sobre el sector” y que “en este marco coyuntural se vieron afectadas profundamente las empresas aerocomerciales que operan en el sistema de cabotaje e internacional”.

En 2018, la administración de Mauricio Macri, había eliminado la medida para facilitar el ingreso de las compañías aéreas low cost al mercado, que compiten con precios de pasajes muy bajos. Actualmente, en Argentina operan dos líneas de este tipo, JetSmart y Flybondi, que arribaron en 2017, que por el momento no han emitido una respuesta sobre la resolución.

Por otro lado, el decreto establece que las frecuencias deberán ajustarse a una “distribución igualitaria“, enmarcadas en “acuerdos de servicios aéreos bilaterales actualmente vigentes”, lo cual regularía la llegada de nuevos operadores al país.

Por decreto reestablecen el esquema de bandas tarifarias aéreas para vuelos de cabotaje

La medida se dispuso luego de un análisis de los balances presentados por las empresas transportistas que operan servicios regulares con venta libre de pasajes que arrojó que “el resultado económico de todas las empresas es negativo”.

Esto “indica que los ingresos de la actividad aeronáutica no alcanzan a cubrir los costos directos e indirectos de la misma, desde hace varios años, como resultado de la fijación de tarifas predatorias, que llevaron al colapso del sistema”, añadió. “Los ingresos de la actividad aeronáutica no alcanzan a cubrir los costos directos e indirectos de la misma, desde hace varios años”, indicaron.

En el decreto publicado hoy, el Gobierno estableció además que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) tendrá a su cargo “la reglamentación, habilitación, fiscalización y determinación de las bases y criterios para el cálculo de las tarifas justas, razonables y competitivas a aplicar por los servicios de atención en tierra de aeronaves (servicios de rampa)”.

La normativa encomendó que el Ministerio de Transporte, junto con la ANAC y el organismo regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA), establezcan un procedimiento de asignación de bases operativas, amarres de aeronaves, posiciones de pernocte de aeronaves y factibilidad horaria de los vuelos y priorizar el aporte de la oferta brindada por los servicios de transporte aéreo a la conectividad y accesibilidad aérea de la Argentina.