28/04/2025 - Edición Nº811

Política

¿Nuevo escenario?

Un fallo judicial pide cambiar la fórmula jubilatoria para que se le pueda ganar a la inflación

27/04/2025 | Dos jueces federales de Mar del Plata pidieron que los ingresos del sector pasivo vuelvan a calcularse en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC). Los alcances de la resolución.



La Cámara Federal de Mar del Plata emitió el viernes un fallo que empezó a tomar trascendencia en las últimas horas porque beneficia a los jubilados al establecer que la movilidad debe calcularse en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo que garantizaría una mejora en los haberes.

Se trata de un fallo firmado por los jueces Eduardo P. Jiménez y Alejandro O. Tazza y en el que se declara la "inconstitucionalidad e inaplicabilidad" del art. 1º de la ley 27.609, aprobada en diciembre de 2020, por lo que, a partir de ahora, según dice la resolución, la movilidad jubilatoria debe calcularse en base al IPC.

Los magistrados indicaron que con las últimas modificaciones a la ley de movilidad, desde 2022 hasta ahora los jubilados perdieron entre un 11,6% y un 33,5%, lo que arroja en términos totales un 50,3%. 

La fórmula de jubilaciones de 2020, aprobada durante el gobierno de Alberto Fernández, establece que el cálculo se hace en base a la sumatoria del 50% del aumento trimestral en la recaudación de Anses y un 50% por la variación salarial del mismo período. Para los jueces, esa forma resultó insuficiente para el sector.

"Frente a las implicancias negativas que ha tenido la fórmula dispuesta en la ley 27.609 en los haberes más elevados -es decir aquellos que no han sido reforzados mediante decreto- y la falta de recomposición, la ley 27.609 se comporta en este caso como violatoria de los derechos de raigambre constitucional de movilidad (art. 14 bis) y de propiedad (art. 17) de la actora, que integra el sector social previsional", sostuvo Jiménez. 

Por eso, “atento la notable pérdida del poder adquisitivo que ha sufrido el haber de la actora, el que no ha sido subsanado por ninguna clase de 'subsidio extraordinario', ello en razón del monto de la prestación que percibe, el cual supera los haberes que han sido considerados 'bajos' por parte del Poder Ejecutivo Nacional, he de declarar la inconstitucionalidad del art. 1º de la ley 27.609 y en consecuencia disponer la inaplicabilidad de la fórmula allí establecida", indicó el juez.

A los jubilados les sobran razones para reclamar cada miércoles: desde la asunción de Javier Milei se convirtieron en una de las principales variables de ajuste. En 2024, las jubilaciones y pensiones explicaron $19,2 de cada $100 recortados por el gobierno nacional.

NAP

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