
El Gobierno comunicó este jueves que los empleados públicos que no aprobaron el examen de idoneidad, no podrán seguir en calidad de contratados a partir del 1° de julio, según la Resolución 48/2025 publicada en el Boletín Oficial.
El Ejecutivo nacional dispuso que, desde esa fecha, los organismos del Estado solo podrán contratar o renovar contratos con personal que haya aprobado la Evaluación General de Conocimientos y Competencias, una prueba obligatoria que fue establecida como requisito para ingresar o continuar prestando servicios en la Administración Pública Nacional.
La medida, que lleva la firma del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, alcanza a los organismos de la Administración Nacional y sus entes descentralizados, incluyendo las instituciones de seguridad social. En el documento, además, se recomienda a las empresas estatales y fondos fiduciarios donde el Estado tiene participación mayoritaria que adopten lineamientos similares.
El examen de idoneidad fue establecido previamente en la Resolución 26/2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública y forma parte de un paquete de reformas que impulsa el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, creado en julio de 2024. El objetivo, según se argumenta en los considerandos de la norma, es "profesionalizar el empleo público, mejorar la gestión del recurso humano y garantizar criterios de idoneidad técnica para los trabajadores estatales".
Además de restringir las contrataciones futuras, la normativa también deja sin efecto las extensiones de contratos que no cumplan con el nuevo requisito a partir de julio. Según el Decreto 1149/2024, que dio el marco normativo general a este esquema, todas las contrataciones iniciadas desde enero de 2025 bajo ese régimen tendrán como fecha tope el 30 de junio, salvo que el personal haya aprobado la evaluación correspondiente.
MR