15/05/2025 - Edición Nº828

Sociedad


Falta de registros y rotulado falso

La ANMAT prohíbe la venta y consumo de un aceite de oliva

15/05/2025 | La Disposición fue publicada en el Boletín Oficial y prohíbe la "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional". Aseguran que es para “proteger la salud de los ciudadanos”.



La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este jueves la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país —incluidas las plataformas de venta online— de un aceite de oliva que carecía de registros y presentaba un etiquetado fraudulento.

Se trata del producto rotulado como "Olive Oil Extra Virgen, marca Quinta estación", con RNE N° 13261475 y RNPA N° 13619456, Origen Mendoza, que fue inhabilitado mediante la Disposición 3149/2025, publicada en el Boletín Oficial.

Según el organismo, el aceite se encontraba ilegalmente rotulado, ya que los números de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y de Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) consignados no existen en sus bases de datos oficiales. Esto implica que tanto el establecimiento como el producto no están habilitados para operar, y por lo tanto, se trata de un alimento cuya procedencia, condiciones de elaboración y calidad no pueden ser garantizadas.

La ANMAT advirtió que el consumo de productos ilegales representa un riesgo sanitario, por lo que resolvió prohibir su comercialización en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento. La medida se adoptó "a fin de proteger la salud de los ciudadanos", subrayó el organismo.