16/05/2025 - Edición Nº829

Política

Rumbo a las urnas

Veda electoral en CABA: qué se puede hacer y qué no durante las elecciones

16/05/2025 | Comenzó este viernes a las 8 y se extenderá hasta las 21 del domingo 18 de mayo.



Este viernes, a las 8, comenzó la veda electoral de cara a las elecciones del próximo domingo 18 de mayo, en las que los porteños votarán para renovar 30 de las 60 bancas de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. Según el padrón oficial, están habilitadas para votar 2.526.676 personas.

La veda rige desde 48 horas antes del inicio de los comicios y se extenderá hasta las 21 del domingo, tres horas después del cierre de la votación. Las restricciones están establecidas por el Código Electoral Nacional (Ley 19.945) y son fiscalizadas por la Justicia Nacional Electoral y el Comando General Electoral.

Elecciones CABA 2025: ¿qué está prohibido durante la veda electoral? 

Entre las actividades prohibidas figuran:

  • Actos públicos de campaña y actividades de proselitismo político.
  • Difusión de encuestas, sondeos de opinión o pronósticos electorales.
  • Publicación de propaganda electoral en medios de comunicación, redes sociales o vía pública.
  • Reuniones públicas de carácter partidario.
  • Espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados.
  • Venta de bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado 17 hasta las 21 del domingo 18 de mayo.
  • Portación de banderas, insignias o símbolos partidarios dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación.

Los medios de comunicación también deben abstenerse de difundir mensajes que puedan interpretarse como propaganda electoral o favorecer a algún candidato o espacio político.

Las infracciones a la veda pueden ser sancionadas con multas económicas, clausuras temporales y, en algunos casos, penas de arresto de hasta 15 días, de acuerdo a lo establecido en los artículos 71 y 133 del Código Electoral Nacional.

Elecciones CABA 2025: ¿qué está permitido durante la veda electoral? 

Durante la veda sí están permitidas las siguientes actividades:

Asistir a eventos culturales o deportivos que no tengan relación con partidos políticos.

Realizar reuniones sociales privadas sin contenido proselitista.

Circular libremente.

Ir a votar.

Trabajar y realizar actividades comerciales normales, excepto la venta de alcohol en el período mencionado.

Los locales gastronómicos pueden funcionar con normalidad, pero deberán suspender la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 20 del sábado. Esta restricción se mantiene vigente hasta tres horas después del cierre de la elección.

MR