04/06/2025 - Edición Nº848

Política

Revés para el Gobierno

La Justicia frena el DNU de Milei que restringía el derecho a huelga

02/06/2025 | La jueza Moira Fullana hizo lugar a un amparo de la CGT y suspendió provisoriamente los artículos que limitaban la protesta sindical en servicios esenciales.



Un fallo con fuerte impacto político y sindical sacudió este lunes al Gobierno nacional. La Justicia laboral resolvió suspender parcialmente el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025 firmado por el presidente Javier Milei, que imponía nuevas restricciones al derecho a huelga.

La decisión judicial ordena frenar de manera provisoria los efectos de los artículos 2 y 3 del decreto, los cuales ampliaban de forma considerable el listado de actividades consideradas “esenciales” y fijaban un mínimo obligatorio de prestación de servicios en caso de medidas de fuerza.

Según ese texto, en algunos sectores se debía garantizar hasta el 75% del funcionamiento normal, lo que para los gremios hacía inviable cualquier protesta efectiva. Entre los argumentos centrales del fallo, la magistrada sostuvo que el Poder Ejecutivo no tiene facultades para alterar derechos constitucionales mediante un decreto.

“Modificar el régimen legal del derecho a huelga requiere la intervención del Congreso”, afirmó, remarcando que se trata de una garantía protegida por la Constitución Nacional y tratados internacionales.

La CGT había solicitado la cautelar a fines de la semana pasada, sosteniendo que el DNU reglamentaba de forma “arbitraria y restrictiva” la posibilidad de ejercer medidas de fuerza.

Además, alertaba sobre una vulneración de convenios internacionales ratificados por la Argentina, como los de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que reconocen el derecho a la acción directa como parte esencial de la libertad sindical.

El fallo no declara la inconstitucionalidad del decreto, pero deja sin efecto los artículos cuestionados mientras se analiza el fondo de la cuestión.

En los hechos, esto significa que el Gobierno no podrá aplicar las restricciones previstas en el DNU, al menos hasta que la Justicia se pronuncie de forma definitiva.

Desde sectores gremiales celebraron la decisión judicial como un freno a lo que consideraban una ofensiva contra los derechos laborales.

El fallo agrega un nuevo capítulo al conflicto entre el Ejecutivo y las centrales sindicales, en un contexto de creciente tensión social y política.

FS