12/06/2025 - Edición Nº856

Judiciales

Le robaron camisetas de River y Argentina

Casación ordenó la detención de los acusados por el robo al "Pato" Fillol

10/06/2025 | Los imputados, con antecedentes por delitos similares, habían sido sobreseídos pero la decisión fue rechazada por la fiscalía. Uno ya fue detenido; el otro está prófugo.



La Cámara Nacional de Casación Penal ordenó la detención de Juan Mauricio Quintero Buendía y Mario Daniel Falconi, acusados de robarle al exarquero campeón del mundo Ubaldo “El Pato” Fillol. La medida revierte una resolución del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOC) N°27, que había dispuesto su sobreseimiento tras aceptar un acuerdo de conciliación con el damnificado. La fiscalía, que había rechazado la propuesta, recurrió el fallo y logró que Casación validara su oposición y reactivara el proceso penal.

El hecho ocurrió el 16 de marzo de 2024 en la Ciudad de Buenos Aires. Según la investigación, los imputados sustrajeron un juego de llaves y una billetera del auto del exfutbolista en el barrio de Floresta. Poco después, utilizando las llaves obtenidas, uno de ellos ingresó al domicilio de Fillol, en Villa del Parque, y robó unas 15 prendas de alto valor simbólico, pertenecientes a su trayectoria en la Selección Argentina y en River.

Ambos fueron procesados por hurto en concurso real con hurto agravado por el uso de llave verdadera, y su caso llegó a debate ante el TOC N°27. Durante la etapa de juicio, la defensa ofreció un acuerdo de conciliación que contemplaba la devolución de lo robado y el archivo de la causa. El exarquero lo aceptó, pero la fiscalía, a cargo de la auxiliar fiscal Carina Olga Kadomoto, se opuso rotundamente.

Los delincuentes entraron al domicilio del exarquero, con un juego de llave que robaron del interior de su auto.

Kadomoto destacó los antecedentes penales de ambos imputados y su reiteración en conductas delictivas. Afirmó que habían recibido beneficios penales en el pasado –suspensiones de juicio a prueba y condenas en suspenso– y que ahora intentaban nuevamente eludir una condena efectiva.

La fiscal consideró, además, que el acuerdo se presentó de forma extemporánea, cuando el proceso ya estaba en una etapa avanzada, y enfatizó que no se trataba de una decisión caprichosa, sino de una directriz institucional establecida por la Resolución PGN 92/23 del procurador Eduardo Casal.

El juez Javier Esteban de la Fuente, que actuó en forma unipersonal, homologó el acuerdo pese a la oposición fiscal. Sostuvo que no se requería el consentimiento del Ministerio Público para aplicar la conciliación, dado que el acuerdo había sido cumplido. Ordenó así el sobreseimiento de los acusados y su inmediata libertad.

Esa decisión fue impugnada por el Ministerio Público Fiscal ante la Sala I de la Cámara de Casación, que dio la razón a la fiscalía. El tribunal, integrado por Jorge Luis Rimondi, Gustavo Bruzzone y Mauro Divito, determinó que la oposición fiscal resultaba válida y vinculante. “El tribunal nunca puede homologar un acuerdo conciliatorio frente a una oposición fiscal que supere el control de legalidad y razonabilidad”, subrayaron los jueces.

Casación hizo foco en los antecedentes de ambos imputados. Quintero Buendía tenía una condena de seis meses de prisión en suspenso desde octubre de 2021, y Falconi, una pena de tres años y tres meses impuesta en febrero de 2022. Ambas sentencias estaban firmes y referían a delitos contra la propiedad. Por eso, la Cámara concluyó que la pena a aplicarse en este caso debía ser de cumplimiento efectivo y unificarse con las condenas anteriores.

La defensa intentó llevar el caso a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario, pero este fue declarado inadmisible. Ante ello, el tribunal ordenó ejecutar las detenciones solicitadas por el MPF. Quintero Buendía se presentó voluntariamente y quedó detenido, mientras que Falconi no fue hallado y permanece prófugo. La justicia dictó su inmediata captura.

LN

 

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