
El diputado santafesino Roberto Mirabella presentó un proyecto para evitar que los gobiernos nacionales abusen de la prórroga presupuestaria.
Implicaría una reforma en la Ley 24.156 de Administración Financiera. Actualmente, Javier Milei ya lleva dos años gestionando con prórroga presupuestaria.
“La aplicación reiterada y continua del instituto de la prórroga habilitaría al gobierno de turno a eludir la búsqueda de los consensos necesarios en el ámbito parlamentario para lograr la sanción del presupuesto y manejarse arbitrariamente con el amplio margen que concede el artículo citado”, se explica en la iniciativa.
Así, “las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedan, de esta manera, desprovistas de toda herramienta normativa que garantice el financiamiento de políticas públicas, obras de infraestructura y prestación de servicios destinados a quienes habitan en sus territorios”.
De esta manera, el proyecto propone una modificación de la Ley de Administración Financiera, limitando las potestades del Poder Ejecutivo Nacional en caso de que fuera necesario recurrir a la prórroga prevista en su artículo 27.
En primer lugar, se exige que en la adecuación del presupuesto que regirá durante el ejercicio para el cual no se ha aprobado ley se tengan en cuenta rubros específicamente necesarios para el correcto funcionamiento de la dinámica entre las jurisdicciones provinciales y el Poder Ejecutivo Nacional y para el financiamiento de sistemas esenciales.
Por ejemplo, se menciona que exista una continuidad en las obras públicas que están en ejecución y que haya transferencias para asegurar los servicios de salud y educación en provincias y municipios.
De esta manera, “se pretende mitigar cualquier intención de utilizar la herramienta de la prórroga como una forma de sometimiento por parte del Gobierno nacional sobre las jurisdicciones locales”.
Otro punto clave del proyecto es que se limita la posibilidad de utilizar la prórroga indefinidamente: un presupuesto aprobado por ley no podrá prorrogarse dos veces en forma consecutiva.
“Al vencimiento de la prórroga y, en caso de que no se hubiese aprobado la ley de presupuesto para el ejercicio siguiente, se procede al cese parcial de la actividad estatal, reduciendo el funcionamiento del Estado a las funciones mínimas de servicios sociales, pago de deuda pública, defensa nacional y seguridad interior, pago de remuneraciones de los trabajadores del Estado y al funcionamiento del Poder Legislativo”, se señala.
Se trata de un mecanismo similar al que opera en Estados Unidos conocido como cierre del Estado o “shutdown”, herramienta a la que puede apelar el Poder Ejecutivo al no encontrar los consensos parlamentarios suficientes para la aprobación del Presupuesto.
Finalmente, se prevé en esta iniciativa la sanción a los máximos responsables de la falta de sanción del presupuesto por más de un ejercicio fiscal. Concretamente se propone que finalizado el primer semestre del segundo año fiscal sin sanción de una nueva ley de presupuesto quedarán suspendidas hasta tanto se sancione una nueva ley las retribuciones de toda índole, que reciben los legisladores del Congreso Nacional y las autoridades superiores del Poder Ejecutivo Nacional, hasta tanto se sancionara una nueva ley de presupuesto para el período fiscal que corresponda.
FA