
Desde la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires emitieron una resolución para aclarar quiénes podrán votar después de las 18 horas el próximo 7 de septiembre.
Según se explicó, “cumplidas las dieciocho (18) horas del día de la votación, el delegado electoral coordinará con las fuerzas de seguridad a cargo de la custodia del establecimiento, la correcta individualización de los electores que a esa hora estuvieran aguardando su turno para votar”.
Así, la resolución comunicó que las personas que estén en la fila recibirán un número “de modo tal que se posibilite la emisión del voto de los mismos”. Se tratará de un talonario oficial.
“Asimismo, se procederá el cierre del establecimiento, permitiendo votar después de dicho horario, solamente a aquellas personas que cuenten con el número entregado”, se detalló.
En los considerandos, se recordó que “entre las funciones y responsabilidades de los delegados electorales, la de coordinar con las fuerzas de seguridad a cargo de la custodia del establecimiento, la correcta individualización de los electores que a las 18 horas estuvieran aguardando su turno para votar, de modo tal que se posibilite la emisión del voto de los mismos”.
FA