
Un juez de Justicia de Familia de San Lorenzo, en Santa Fe, tomó una resolución sin precedentes al ordenar a un tío paterno que se haga cargo de la cuota alimentaria de sus sobrinos. El fallo se dictaminó debido al incumplimiento de la obligación por parte del padre de los menores.
La resolución, emitida por el juez Marcelo Escola, se basa en el principio de solidaridad familiar, una medida excepcional que busca garantizar el bienestar de los niños. El abogado de la madre de los menores explicó que su clienta está "materna en soledad" y tiene grandes dificultades para cubrir los gastos de sus hijos, uno de los cuales tiene una discapacidad.
El fallo establece que la cuota alimentaria provisoria consistirá en el 125% de la canasta de crianza de menores de 6 a 12 años, además del 30% del aguinaldo, la asignación familiar, la obra social y los gastos extraordinarios. El abogado de la madre remarcó que ella subsiste "con la venta de comida o manualidades para generar unos pocos pesos y llegar a cubrir los gastos" de sus hijos.
El caso comenzó en 2023 con el juicio de divorcio de la pareja. Al año siguiente, el progenitor fue notificado de la obligación de pagar una cuota alimentaria, pero "nunca la cumplimentó", a pesar de tener un trabajo formal en ese momento. Más tarde, el hombre se declaró insolvente, aunque siguió trabajando de manera informal.
Ante este escenario y las "necesidades alimentarias impostergables" de los niños, se presentó una medida cautelar. El juez dictaminó que, una vez acreditado el incumplimiento del progenitor, la obligación se extendiera "hacia quien esté en mejor situación", recayendo sobre el tío paterno.