
La diputada nacional de Unión por la Patria, Eugenia Alianiello, presentó un proyecto para modificar el artículo 69 del Código Civil y Comercial, que hace referencia a los casos en que una persona puede cambiarse el nombre o apellido.
Así, de acuerdo a la redacción propuesta, se agregaría “el cambio de apellido por haber sido víctima de delitos contra la integridad sexual cometido por alguno de sus progenitores o ascendientes con condena firme, y el cambio de apellido por haber recibido el progenitor o ascendientes condena firme por femicidio”. En estos casos, no haría falta la intervención judicial para habilitar el cambio.
El texto recoge el espíritu de una iniciativa similar del senador de Tierra del Fuego, Matías Rodríguez.
“La identidad es una construcción dinámica que se desarrolla a lo largo de toda la vida, determinada por las experiencias de la niñez y relacionada con los vínculos familiares, el lugar de nacimiento y la crianza”, argumenta Alianiello en el proyecto.
Así, “resulta claro que el nombre, conformado por el prenombre y el apellido, es un componente fundamental de la identidad de las personas, por lo que se constituye como un Derecho Humano fundamental”.
“Resulta comprensible que las personas que han sido víctimas de delitos contra la integridad sexual por parte de algún progenitor o ascendiente no deseen portar en su apellido -elemento constitutivo de la identidad- la carga del horror, sosteniendo el vínculo con la persona que ejerció este tipo de violencia vejatoria en su contra”, señala en otro pasaje del proyecto que ya ingresó formalmente a la Cámara de Diputados.
Por otro lado, “coincidimos en absoluto que debe evitarse la revictimización que sufre quien fue objeto de violencia contra su integridad sexual, y tiene que esperar que concluya el proceso penal para contar con elementos para que, posteriormente, un juez civil o de familia, dictamine que existen ‘justos motivos’ para disponer la modificación de su apellido. Ello conlleva que la víctima deba atravesar dos procesos judiciales, con los costos psíquicos, morales, afectivos y económicos que ello implica”.
“Como hemos dicho, venimos a reafirmar la propuesta del compañero senador fueguino, y a realizar la introducción de un supuesto más, que consideramos de la misma jerarquía en cuanto a los derechos humanos de los que todas las personas debemos gozar. Se trata de la posibilidad de solicitar el cambio de apellido sin intervención judicial cuando el progenitor o ascendiente haya sido condenado por el delito de femicidio, y esa condena este firme y consentida”, completa la diputada.
FA