02/10/2025 - Edición Nº968

Agro

Inundaciones

Tras meses de demora, Nación declaró la emergencia agropecuaria en diez distritos bonaerenses 

02/10/2025 | Era uno de los pedidos de productores afectados para contar con beneficios impositivos nacionales.  



El gobierno de Javier Milei comienza a reaccionar ante los reclamos de los productores afectados por las inundaciones en la provincia de Buenos Aires. Luego de cinco meses de demora, el Ministerio de Economía de la Nación declaró la emergencia y/o desastre agropecuario en diez distritos bonaerenses. 

La medida se ratificó a través de la Resolución 1450/2025 -publicada en el Boletín Oficial- y se trata de una segunda tanda de municipios, luego de una primera disposición que habilitó exenciones impositivas y ayudas fiscales en 12 distritos a comienzos del mes de septiembre. 

En este caso, el periodo en que regirá la declaración será desde el 1° de mayo de 2025 hasta el 31 de octubre de 2025, por lo que gran parte de los descuentos llegarán en forma de devolución o condonación de deudas. 

Los municipios alcanzados son: Hipólito Yrigoyen, General Alvear, General Viamonte, Las Flores, Chivilcoy, Junín, Roque Pérez, General Lamadrid, Chacabuco y Monte.

La recomendación avalada por Economía se formalizó durante la reunión de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios (CNEyDA) llevada a cabo el 15 de septiembre, donde se realizó un análisis técnico del fenómeno climático que motivó la solicitud de emergencia y/o desastre agropecuario por parte del gobierno provincial.

El encuentro contó con la participación de representantes de INTA, el SMN, el Banco Nación, el Banco Central, ARCA, los ministerios de Interior y Economía, así como delegados de las principales entidades agropecuarias y empresarias (CRA, FAA, CAME, SRA, CONINAGRO, FONAF) y representantes provinciales. 

“Todavía vienen atrasadísimos” 

Las dilaciones en el trámite habían sido objeto de reclamos de productores y entidades. Es que esos mismos distritos, a nivel provincial, fueron declarados en estado de emergencia en el mes de abril, con sus excepciones impositivas correspondientes. 

Hace un mes, el secretario de Agricultura de la Nación, Sergio Iraeta, visitó 9 de Julio -una de las localidades más afectadas por las lluvias y anegamientos de caminos- y escuchó de primera mano las quejas de los productores. En ese marco, el funcionario de Milei aseguró que el Gobierno nacional empezaría a rubricar los acuerdos. 

“Ya se ha firmado una homologación. Ahora vamos a firmar otra porque ha salido otro decreto de la Provincia para sumar partidos que no estaban en la primera y después, eventualmente, es probable que salga otra” sostenía en aquella oportunidad. 

En la primera tanta, 12 distritos habían sido considerados en emergencia o desastre desde el 1° de marzo y hasta el 31 de agosto de 2025. 

Allí figuraban  los partidos de Puán, Tornquist, 9 de Julio, Carlos Casares, General Lamadrid, Coronel Suárez, Guaminí, Bolívar, Tapalqué, 25 de Mayo, Saladillo y Roque Pérez. La nueva resolución firmada por el ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, suma a nuevos distritos y solo se repiten dos, pero se les amplió la declaración por dos meses.

Aunque la medida trajo algo de alivio, desde la provincia de Buenos Aires advierten que a nivel nacional “todavía vienen atrasadísimos” con las rúbricas y destacan que restan sumar “a varios municipios más”. Además, la provincia de Buenos Aires ya habilitó un nuevo periodo de vigencia de las declaraciones entre 1 de septiembre de 2025 al 28 de febrero del 2026. 

En la resolución publicada en el Boletin Oficial, las autoridades nacionales recordaron que el pedido de Provincia ingresó el pasado 2 de septiembre. Sin embargo, remarcaron que esa fecha coincide con el pedido de prórroga presentado por la provincia de lo decretado en abril/mayo, y en dónde las autoridades bonaerenses volvieron a solicitar la homologación nacional pendiente para los primeros meses del año. 

¿Qué beneficios obtendrán los productores que tramiten la emergencia nacional? 

Aquellos productores que sean incluidos dentro del estado de emergencia y/ o desastre agropecuario podrán disponer de los siguientes beneficios, según informa la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). 

  • Diferimiento de vencimientos de las obligaciones impositivas de pago de declaraciones juradas y anticipos vencidos durante el periodo de vigencia. Se aplica a Ganancias, Bienes personales y el Fondo para la educación y la promoción cooperativa.
  • Diferimiento del impuesto integrado del Monotributo sobre las obligaciones vencidas durante el periodo de emergencia y/o desastre agropecuario.
  • Eximición del 50% o el 75% de las obligaciones mensuales correspondientes al impuesto integrado –componente impositivo- cuyos vencimientos operen durante el periodo de estado de emergencia o desastre agropecuario.
  • Suspensión de la iniciación de juicios de ejecución fiscal para el cobro de impuestos adeudados hasta el período siguiente a la finalización del período de emergencia o desastre.
  • Deducción del 100% de los beneficios derivados de las ventas forzosas de ganado en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, ya sea que se trate de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina.

Además, los productores que hayan sido declarados en estado de "emergencia y/o desastre agropecuario" según la Ley Nº 26.509, quedarán eximidos de las retenciones del impuesto a las ganancias que se aplican sobre los pagos por las ventas de bienes detallados en el Artículo 52 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (incisos d) y e)).

A los fines de hacer efectivo el beneficio, los agentes de retención serán los responsables de verificar que el productor cumpla con los requisitos a través de la consulta de “Constancia de Inscripción” del productor en el sitio web oficial de ARCA.