
El gobernador de Neuquén, Rolando Figueroa, promulgó la Ley Provincial 3531/25 que establece y regula controles toxicológicos a funcionarios de los tres poderes del Estado provincial.
Cabe recordar que esta iniciativa fue impulsada por el mandatario provincial y resultó aprobada en la Legislatura Provincial por amplia mayoría, el pasado 17 de septiembre.
Así, la ley establece la obligatoriedad de realizar exámenes toxicológicos como un requisito fundamental para la permanencia en cargos públicos. La finalidad es garantizar la ética, idoneidad, integridad, responsabilidad y transparencia institucional en el ejercicio de la función pública, asegurando que esta se desarrolle sin relación o vinculación del funcionario público con el narcotráfico y en condiciones compatibles con el adecuado desempeño de las responsabilidades asignadas, libres de los efectos de sustancias psicoactivas prohibidas.
En tanto, los exámenes alcanzarán a: gobernador y vicegobernador; jefe de gabinete, ministros, secretarios, fiscal de Estado y asesor general de Gobierno; diputados provinciales; presidente y vocales del Tribunal Superior de Justicia, fiscal general y defensor general; jueces, fiscales y defensores; consejeros de la Magistratura; directivos de organismos autárquicos, descentralizados, empresas del Estado y sociedades con participación estatal mayoritaria; intendentes y concejales; y también a quienes integran los órganos de defensa de los intereses del Estado y de contralor.
Entre otros aspectos, la norma establece que los funcionarios quedan obligados a someterse, de manera sorpresiva, a test toxicológicos mediante pruebas rápidas debidamente homologadas por la autoridad sanitaria competente.
Por su parte, las pruebas deben ser realizadas por personal habilitado en el lugar donde cumplan sus funciones y ante la negativa injustificada a realizar el examen es considerada equivalente a un resultado positivo.
Por otro lado, a partir de la ley se conformará una Comisión Evaluadora Interpoderes con carácter de organismo autónomo, integrada por un representante técnico designado por cada uno de los tres poderes del Estado provincial.
También se crea un registro interno de carácter confidencial, destinado a documentar el cumplimiento de los exámenes toxicológicos previstos en la presente ley, su trazabilidad técnica y los procedimientos administrativos derivados de resultados positivos.
FA