10/10/2025 - Edición Nº976

Política

Polémica electoral

Nadia Márquez, candidata libertaria en Neuquén: “Si fuese estafadora viviría en un country”

10/10/2025 | La candidata salió al cruce de las acusaciones en su contra tras la reaparición de una causa por estafa de 2013 en la que fue beneficiada con una probation.



La diputada nacional de La Libertad Avanza (LLA) y candidata a senadora nacional por Neuquén, Nadia Márquez, rompió el silencio luego de que se reavivaran las críticas por una causa judicial de 2013, en la que fue acusada de estafa con títulos educativos falsos, y que ahora vuelve a poner en duda su habilitación para competir electoralmente bajo la ley de Ficha Limpia de la provincia.

En aquel expediente, Márquez fue beneficiada con una suspensión de juicio a prueba (probation), mecanismo judicial que le permitió evitar una condena efectiva y ser posteriormente sobreseída. Sin embargo, la controversia resurgió cuando el candidato a senador por Fuerza Libertaria, Carlos Eguía, le exigió públicamente que renuncie a su postulación al Senado.

Eguía argumentó que, pese al sobreseimiento, la probation constituye un antecedente que invalida la candidatura conforme a la normativa neuquina, que impide aspirar a cargos electivos a personas con antecedentes penales, incluso si estos fueron resueltos mediante acuerdos judiciales.

Ante el revuelo, respuesta irónica y firme

En diálogo con Fabián Doman por Splendid 990, Márquez respondió: “Si yo fuese una estafadora debería vivir en un country. Sigo viviendo en la misma casa con el mismo marido desde hace 18 años. Mi casa sigue rajada”.

“Es un hecho lejísiimo, del cual ni siquiera existe registro, con lo cual hay una intencionalidad política” dijo la diputada, que aseguró que la causa “está cerrada hace más de una década” y aclaró que “la probation es una forma de sobreseimiento que estuvo avalada por el juez, el fiscal y por la propia denunciante”.

Como todo libertario de manual, la también abogada se defendió acusando al peronismo: “el kirchnerismo está acostumbrado a nadar en caca” pero a su vez dijo no estar preocupada por ello, porque “puedo caminar bien por la calle”

Qué es una probation

Lo que se conoce como “probation” está en el Código Penal, en el Título XII, con el nombre de Suspensión de juicio a prueba. Al respecto, una simple lectura del artículo 76 clarifica que “El imputado de un delito de acción pública reprimido con pena de reclusión o prisión cuyo máximo no exceda de tres años, podrá solicitar la suspensión del juicio a prueba.

En casos de concurso de delitos, el imputado también podrá solicitar la suspensión del juicio a prueba si el máximo de la pena de reclusión o prisión aplicable no excediese de tres años.

Al presentar la solicitud, el imputado deberá ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño en la medida de lo posible, sin que ello implique confesión ni reconocimiento de la responsabilidad civil correspondiente. El juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento en resolución fundada. La parte damnificada podrá aceptar o no la reparación ofrecida, y en este último caso, si la realización del juicio se suspendiere, tendrá habilitada la acción civil correspondiente.

Si las circunstancias del caso permitieran dejar en suspenso el cumplimiento de la condena aplicable, y hubiese consentimiento del fiscal, el Tribunal podrá suspender la realización del juicio”.

Luego de leer el artículo queda en el aire la siguiente pregunta: si el imputado no confiesa ni reconoce el delito ¿Por qué debe ofrecer una reparación para acceder al beneficio? La respuesta es más sencilla de lo que parece y se puede decir, en tono coloquial, que debe ofrecer reparación porque el que rompe, paga.

GZ