30/10/2025 - Edición Nº996

Política

Defensa rechazada

Causa Cuadernos: rechazan intento de De Vido y Schiavi para apartar a jueces

14/10/2025 | El Tribunal Oral Federal 7 consideró infundados los planteos por “adelantamiento de opinión” de los magistrados; los abogados podrían apelar.



El Tribunal Oral Federal 7 rechazó este martes los pedidos de la defensa de los ex ministros Julio De Vido y Juan Pablo Schiavi, quienes habían solicitado el apartamiento de los jueces a cargo del juicio por el caso Cuadernos.

Los letrados alegaron “contaminación en la valoración de la prueba” y “adelantamiento de opinión” tras audiencias donde se trataron ofrecimientos de reparación integral del daño por parte de medio centenar de acusados.

El tribunal, integrado por Enrique Méndez Signori, Fernando Canero y Germán Castelli, resolvió declarar los planteos “in limine”, sin analizar el fondo, y aseguró que ni De Vido ni Schiavi habían realizado ofrecimientos de reparación que afectaran la imparcialidad de los magistrados.

Asimismo, los jueces señalaron que durante esas audiencias no se discutió la prueba que se conocerá en el juicio oral y que los defensores no habían explicitado un perjuicio concreto para sus clientes.

Ahora, los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro podrían apelar la decisión ante la Cámara Federal de Casación Penal.

La estrategia de la defensa buscaba cuestionar la imparcialidad del tribunal antes del inicio del juicio oral, previsto para el 6 de noviembre, que involucrará a la mayoría de los procesados por asociación ilícita y cohecho en el presunto pago de sobornos de empresarios a funcionarios entre 2003 y 2015, con la ex presidenta Cristina Kirchner acusada como presunta jefa de la red.

El planteo de los defensores de De Vido y Schiavi se centró en que las audiencias virtuales por reparación del daño habrían generado anticipaciones indebidas de juicios sobre cuestiones reservadas para el debate oral.

Sin embargo, el tribunal consideró que los argumentos eran “infundados” y confirmó que las garantías del debido proceso no habían sido vulneradas, asegurando así la continuidad del calendario del juicio.

FS

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