25/10/2025 - Edición Nº991

Política

Restricciones en la previa electoral

Qué sanciones pueden recibir quienes violen la veda durante las elecciones

25/10/2025 | Multas, penas de prisión y suspensión del financiamiento público son algunas de las sanciones previstas por el Código Electoral Nacional para quienes incumplan las restricciones vigentes antes y durante los comicios.



Con la veda electoral ya en marcha, la Justicia Nacional Electoral recordó las sanciones que establece el Código Electoral Nacional para quienes violen las restricciones que rigen desde las 8:00 del viernes y hasta tres horas después del cierre de los comicios del domingo.

Según lo dispuesto en los artículos 71 y 133 de la norma, los ciudadanos que realicen actos prohibidos -como exhibir propaganda política, portar banderas partidarias o utilizar distintivos en la vía pública durante la jornada electoral- pueden enfrentar multas que van desde los $10.000 hasta los $100.000, además de penas de prisión de hasta 15 días.

En el caso de los comercios, bares, restaurantes o supermercados que vendan bebidas alcohólicas entre las 20:00 del sábado y las 21:00 del domingo, la ley establece sanciones más severas: penas de entre 15 días y seis meses de cárcel, junto con posibles clausuras y sanciones administrativas.

Las agrupaciones políticas tampoco están exentas de responsabilidad. Aquellas que incumplan la veda realizando actos de campaña o difundiendo mensajes proselitistas podrán perder el derecho a recibir financiamiento público durante un período de uno a cuatro años, y quedar excluidas del financiamiento de campaña en una o dos elecciones consecutivas.

Estas medidas buscan garantizar que la jornada electoral se desarrolle con orden, equidad y transparencia, preservando el derecho de los votantes a decidir libremente sin presiones ni interferencias partidarias.

GZ