La Justicia de Neuquén dictó una resolución inédita en un caso de filiación y violencia de género: un hombre deberá pagar más de 65 millones de pesos en concepto de indemnización por los daños provocados a su hijo y a la madre del niño, luego de años de negación, indiferencia y ausencia de asistencia. El fallo fue dictado por la jueza Eliana Fortbetil Sacks, titular del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia de Villa La Angostura.
La causa se inició a partir de la demanda presentada por la madre del menor, con quien el hombre mantuvo un vínculo afectivo que derivó en el nacimiento de un niño que hoy tiene nueve años. Según relató la mujer, el acusado nunca asumió su responsabilidad hasta que se inició el proceso judicial, pese a que el menor lo reconoce y llama “papá”. La madre sostuvo además que pudo cubrir los costos de los tratamientos del niño -diagnosticado con trastorno del espectro autista- hasta hace pocos meses, pero su situación de desempleo la dejó sin posibilidades de afrontar gastos médicos indispensables.
Al analizar el caso, la jueza Fortbetil fue categórica. Señaló que “la posición de poder del padre desde antes del nacimiento, sumada a la indiferencia, abandono y falta de asistencia, es claro indicio de violencia simbólica, psicológica y económica que se ejerció sobre la madre y su hijo”. Subrayó que la conducta del hombre comprometió derechos humanos esenciales del niño, entre ellos el derecho a la identidad, a conocer sus orígenes y a tener una familia.
La magistrada destacó además la necesidad de juzgar con perspectiva de género, advirtiendo que la conducta reticente del padre “encierra una filosofía subyacente de alejamiento de los deberes parentales” y colocó a la mujer en una situación de desigualdad incluso antes del nacimiento del niño. Al mismo tiempo, consideró que el daño generado no se limita al ámbito moral, sino al “proyecto vital” del menor, cuya afectación “compromete la existencia misma del sujeto y suele perdurar en el tiempo”.
Para fijar el monto indemnizatorio, la jueza tomó como referencia el valor de la canasta de crianza establecida por el INDEC para niños de 6 a 12 años, multiplicado por los meses de vida del menor. De ese cálculo surgió la cifra superior a 65 millones de pesos.
El fallo también incluyó medidas preventivas para evitar un daño mayor, en virtud de la vulnerabilidad del niño y las necesidades derivadas de su diagnóstico. Fortbetil sostuvo que “ningún sentido tendría destacar la condición de niño con discapacidad como vulnerable si luego se aplicara la norma sin ponderación alguna de la necesidad de tutela reforzada”. Remarcó que el menor debe contar con un acceso sostenido a un tratamiento de salud integral, acorde a su condición.
En consecuencia, ordenó que el padre “asuma de manera estable las obligaciones que le competen legalmente, tanto en el plano económico como en su rol simbólico, afectivo y vincular”. Además, dispuso que el hombre continúe pagando la cuota alimentaria por seis meses y que, durante ese período, cubra íntegramente todos los gastos vinculados a terapias y tratamientos médicos del niño.