La Justicia de Tucumán dictó una medida cautelar que prohíbe durante seis meses a la Compañía de Circuitos Cerrados S.A. (CCC) y a sus empleados realizar comentarios o publicaciones que cuestionen el accionar de jueces y fiscales locales. La resolución, firmada por el juez subrogante Lucas Taboada, advierte que cualquier incumplimiento será sancionado por “desobediencia judicial” y encendió una fuerte polémica por su impacto en la libertad de expresión.
El fallo, fechado el 4 de noviembre, se origina en una denuncia presentada por el ministro fiscal de la Corte Suprema provincial, Edmundo Jesús Jiménez, contra Gustavo Aníbal Gabriel Olarte, presidente y director del canal. Según el escrito, Olarte habría “entorpecido y ofendido el ejercicio de funciones públicas” y “ejercido coacción institucional” a través de contenidos periodísticos críticos hacia fiscales cercanos a Jiménez.
#FOPEALibertadDeExpresión 👉FOPEA rechaza y manifiesta su preocupación por la decisión de la Justicia de Tucumán que impone un bozal legal a producotres, periodistas y conductores
— FOPEA (@FOPEA) November 5, 2025
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El magistrado consideró que desde el medio se habría desplegado “una campaña de hostigamiento y ataque mediático” con expresiones “tendenciosas, descontextualizadas y maliciosas”, orientadas -según la resolución- a “distorsionar hechos investigados y socavar la confianza pública en la administración de justicia”.
El conflicto tiene como trasfondo una serie de programas emitidos por CCC donde se habrían cuestionado decisiones de fiscales en causas judiciales de alto perfil, lo que generó el malestar del titular del Ministerio Público.
Consultado sobre la controversia, el gobernador Osvaldo Jaldo se mantuvo al margen: “Son decisiones del Poder Judicial y yo, como gobernador, debo ser respetuoso de la independencia de los poderes”, sostuvo. Y añadió: “Existen vías judiciales para revertir medidas si alguien las considera injustas o contrarias a la libertad de prensa. Eso también forma parte del funcionamiento de la democracia”.
La decisión judicial generó un amplio repudio en el ámbito periodístico. El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) cuestionó que la medida “limita el derecho de la ciudadanía a informarse” y representa “un acto de censura previa incompatible con la Constitución”.
Por su parte, la Asociación de Prensa de Tucumán (APT) advirtió que el fallo constituye “un atentado directo contra la libertad de prensa y el derecho de la sociedad a acceder a información de interés público”. En un comunicado, la entidad recordó que tanto el artículo 14 de la Constitución Nacional como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos “prohíben de forma contundente cualquier tipo de censura previa, sea directa o indirecta”.
La controversia abre un nuevo capítulo en la tensión entre el Poder Judicial y los medios de comunicación en Tucumán, en un contexto donde la libertad de expresión vuelve a ocupar el centro del debate público. El hecho trae a la memoria un episodio ocurrido en los años 90, cuando el "Actor cómico de la Nación" Tato Bores, sufrió censura a manos de la jueza María Romilda Servini de Cubría, por lo que recibió la solidaridad de buena parte del medio artísitico y cultural de la época.
GZ