23/11/2025 - Edición Nº1020

Judiciales

Violencia de género

Archivaron la causa contra una mujer que mató a su esposo: la Justicia determinó que actuó en legítima defensa

17/11/2025 | El Ministerio Público de la Acusación concluyó que la mujer, imputada por el homicidio de su esposo en 2023, estaba sometida a años de agresiones físicas y psicológicas. Las pruebas revelaron un riesgo inminente y un escenario de violencia sistemática. El juez dejó sin efecto todas las medidas cautelares.



La Justicia santafesina dispuso el archivo de la causa en la que estaba imputada Maira Yamila Alem por la muerte de su esposo, Ramón Alberto Robledo, ocurrida el 15 de diciembre de 2023 en el barrio Don Pedro de la localidad de Avellaneda, en la provincia de Santa Fe.

La resolución, adoptada por la Fiscalía Regional IV del Ministerio Público de la Acusación en una audiencia presidida por el juez Gonzalo Basualdo, consideró que la mujer actuó en legítima defensa en el marco de un prolongado contexto de violencia de género.

Alem había sido imputada tres días después del hecho por “homicidio doloso calificado”, luego de que Robledo muriera de un disparo en el tórax efectuado con un revólver calibre 32. En un primer momento, la mujer llamó al 911 y sostuvo que su pareja se había suicidado, pero las pericias descartaron esa versión y detectaron alteraciones en la escena.

En su declaración, la imputada describió años de agresiones físicas, amenazas, control y aislamiento. Relató que el día del episodio Robledo volvió a amenazarla, destruyó objetos de su propiedad y le anunció que la obligaría a mantener relaciones sexuales por vía anal contra su voluntad. Cuando intentó irse, él tomó el arma y la amenazó tanto con matarla como con suicidarse. Durante el forcejeo posterior se produjo el disparo.

Las pruebas reunidas resultaron determinantes. Alem presentaba nueve lesiones recientes compatibles con golpes y defensa. El examen STUB detectó residuos de disparo en la mano izquierda de la víctima, lo que indicaba proximidad al arma al momento del tiro. El revólver -propiedad de Robledo- tenía tres cartuchos intactos y una vaina servida. Testigos confirmaron que el arma era utilizada previamente como elemento de intimidación.

Las hijas de la pareja, en Cámara Gesell, relataron episodios frecuentes de violencia, gritos y control hacia su madre. El Equipo Interdisciplinario del Departamento Criminalístico concluyó que la relación estaba atravesada por una dinámica de violencia de género conforme a la Ley 26.485.

Con ese cuadro, la fiscal Georgina Díaz evaluó la conducta de Alem bajo el artículo 34 inciso 6° del Código Penal, que establece la legítima defensa cuando hay agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado y ausencia de provocación. La resolución remarcó que, en casos de mujeres sometidas a agresiones sistemáticas, el peligro es permanente y la inmediatez del riesgo debe interpretarse con perspectiva de género, conforme a estándares de Belén do Pará, CEDAW y jurisprudencia de la Corte Interamericana.

En consecuencia, la Fiscalía determinó que no había elementos para sostener una acusación y dispuso el archivo de la causa. También ordenó la devolución de los objetos incautados que no sean decomisables y solicitará la destrucción del arma y las municiones. Se recordó que la familia de la víctima puede presentarse ante Fiscalía Regional o promover querella dentro de los próximos 60 días hábiles.