20/11/2025 - Edición Nº1017

Política

Seguirá en libertad

Procesaron a Jorge D’Onofrio por el escándalo de las fotomultas en PBA: detalles del fallo

20/11/2025 | La medida del juez federal Adrián González Charvay también recayó sobre Facundo Asensio, exdirector de Fiscalización y Control.



El fuez federal de Campana, Adrián González Charvay, procesó a Jorge D’Onofrio, exministro de Transporte de la provincia de Buenos Aires.

Está implicado en maniobras de corrupción con las multas de tránsito y la VTV, por el presunto delito de lavado de activos de origen ilícito.

Además, lo embargaron por $350.000.000, aunque continuará en libertad. La misma medida alcanzó a Facundo Asensio, exdirector de Fiscalización y Control de la Dirección Provincial de Verificación Técnica Vehicular, sobre quien se dispuso el embargo de sus bienes por $300.000.000.

En ese sentido, el procesamiento de D’Onofrio fue agravado por su condición de funcionario público al momento de los hechos, en tanto que para Asensio no se aplicó por no haberse verificado una vinculación directa entre su función y la maniobra investigada.

Las claves del fallo

“Podemos apreciar, luego del análisis del plexo probatorio, que Jorge Alberto D'Onofrio y Facundo Asensio, actuaron de manera conjunta con el propósito de introducir en el mercado bienes de origen ilícito”, se señala en el fallo.

Por otro lado, “la maniobra revela una división funcional de tareas: D'Onofrio, quien se encontraba en posición de generar fondos ilícitos, mantuvo el control material, uso y disposición del vehículo objeto del delito, mientras que Asensio, miembro de su círculo de confianza, asumió el rol de titular registral, suscribió un contrato de mutuo simulado e intervino como pantalla formal frente a terceros”.

En ese sentido, el juez entendió que “la participación de Facundo Asensio se corresponde con la figura del ‘testaferro’ o ‘prestanombre’, cuya función ha sido reiteradamente reconocida por la jurisprudencia como aporte esencial a las maniobras de lavado de activos, en tanto su cooperación resulta indispensable para la consumación del delito”.

De este modo, “la cooperación desplegada por los imputados, indispensable para el ocultamiento de la titularidad real y el origen ilícito de los fondos, permite atribuirles el hecho bajo la figura de coautores en los términos del artículo 45 del Código Penal”.

En otro pasaje, se subraya que “el agravante se configura cuando el autor del delito revista la calidad de funcionario público, en la medida en que exista un vínculo funcional entre el ejercicio del cargo y la actividad desplegada, lo que aumenta el grado de reproche penal”.

Así, “en el caso bajo estudio, la posición institucional del nombrado, no sólo le permitió disponer de medios, información y contactos que facilitaron la operación, sino que también le otorgó capacidad para generar, introducir y dar apariencia lícita a activos provenientes de delitos contra la administración pública”.

Cabe recordar que la causa se inició el 5 de septiembre de 2024 a partir de una denuncia que aseguraba que D´Onofrio lideraba, junto a la concejal de Pilar Claudia Pombo, “una estructura criminal integrada por distintos estamentos, con división de funciones y claro establecimiento de jerarquías, concebida con el objeto de sustraer de las arcas del estado provincial y los respectivos municipios, los fondos derivados del sistema de cobro de multas de tránsito instalados a lo largo del territorio bonaerense”.

En ese marco, se espera que haya más procesamientos. Entre ellos, el de la mencionada Pombo, y Mario Quattrocchi, titular del juzgado provincial de faltas de La Plata.

FA