En una decisión sin precedentes para los derechos humanos en el país, el Tribunal Constitucional de la República Dominicana declaró inconstitucionales dos normas que castigaban a miembros de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas por mantener relaciones sexuales consentidas entre personas del mismo sexo, incluso en el ámbito privado. La sentencia, identificada como TC/01225/25, deja sin efecto el artículo 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional y el artículo 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas.
Ambos artículos imponían penas de prisión -de hasta dos años en la policía y hasta un año en el ámbito militar- exclusivamente para relaciones homosexuales, sin aplicar sanciones similares a parejas heterosexuales. El tribunal determinó que estas disposiciones vulneraban derechos constitucionales básicos, como la igualdad, la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo, al constituir una forma clara de discriminación por orientación sexual.
La medida representa un giro histórico en un país que, pese a haber asumido compromisos internacionales en materia de igualdad, todavía no ha adoptado leyes amplias de protección contra la discriminación, ni ha reconocido el matrimonio igualitario, las uniones civiles o el derecho a la identidad de género. Durante décadas, numerosos agentes LGBT+ vivieron bajo la amenaza de sanciones disciplinarias o penales simplemente por su orientación sexual, lo que los obligaba a ocultarla o directamente abandonar la institución.ç

El Tribunal Constitucional señaló que la penalización de relaciones privadas entre adultos del mismo sexo dentro de las fuerzas de seguridad carecía de justificación institucional o constitucional, calificando estas normas como “irracionales” y contrarias a la dignidad humana. La sentencia se suma a una tendencia regional en la que varios países han desmontado leyes que, históricamente, criminalizaron la homosexualidad dentro de cuerpos armados o policiales.

Más allá del impacto inmediato, el fallo podría abrir la puerta a futuras revisiones de reglamentos internos en entidades públicas y privadas, impulsando un sistema que garantice que ninguna persona sea castigada por su orientación sexual en su ámbito laboral. También sienta un precedente de alcance general para el avance de los derechos LGBT+ en la República Dominicana, donde aún persisten vacíos legales significativos.
Miembros de las Fuerzas Armadas de República Dominicana, donde hasta ahora regían artículos que penalizaban relaciones consensuadas entre personas del mismo sexo.Pese a este avance, organizaciones defensoras de derechos humanos advierten que la agenda de igualdad sigue pendiente: el país todavía carece de una legislación antidiscriminatoria integral y de reconocimiento legal para parejas del mismo sexo y personas trans. Sin embargo, el veredicto del Tribunal Constitucional marca un quiebre histórico y redefine el marco de derechos dentro de las fuerzas de seguridad, al eliminar sanciones que, hasta hoy, limitaban la libertad y dignidad de miles de agentes.