En una resolución estremecedora dictada en la Oficina de Gestión Judicial de Monterrico, provincia de Jujuy, Francisco Marcelino Subelza, de 23 años, fue condenado a prisión perpetua en el marco de un juicio abreviado.
El tribunal -integrado por las juezas Felicia Ester Barrios y María Margarita Nallar, y el juez Alejandro Máximo Gloss- lo declaró autor penalmente responsable de los delitos de amenazas, homicidio agravado por el vínculo y con el propósito de causar sufrimiento a su ex pareja, y desobediencia judicial, todos en concurso real.
Durante la audiencia, la magistrada Barrios dio a conocer la sentencia y dispuso, además, que Subelza quede “prohibido de establecer contacto por cualquier medio” con la madre del niño y con su grupo familiar. La actuaria Mariana Córdoba Etchart asistió en el desarrollo del trámite.
La causa reunió dos episodios ocurridos en diciembre de 2024. El primero, el día 11, cuando Subelza llegó al domicilio de su ex pareja en Monterrico para ver al bebé de dos meses. Tras tomar al niño en brazos, comenzó a intimidarla: “Yo quiero llevarme al bebé y qué vas a hacer vos si yo me lo llevo y lo mato y luego me mato yo, ¿vos también te vas a matar?”. La mujer, aterrorizada, lloró e intentó recuperar al pequeño, al que finalmente logró arrebatar para refugiarse dentro de la vivienda.
El segundo hecho, ocurrido el 19 de diciembre cerca de la nueva terminal de Monterrico, marcó el tramo más trágico. Subelza volvió a interceptar a su ex pareja cuando caminaba con el bebé. Le pidió verlo, pero aprovechó para alzarlo y huir en un vehículo. Antes dejó un papel manuscrito con una amenaza brutal: “Ahora a tu hijo no lo ves más, vas a sufrir”, tras anunciar que mataría al niño, luego a la madre de la mujer, a sus hermanas y finalmente a ella.
La investigación determinó que Subelza llevó al niño hasta un predio en el paraje La Ovejería, donde permaneció varias horas. Allí, según la acusación, estranguló al bebé “sujetándolo fuertemente del cuello”, provocándole la muerte “con el propósito de ocasionar un grave sufrimiento a la madre”. El crimen ocurrió pese a que el acusado tenía vigente una prohibición de acercamiento dictada el 12 de diciembre, que desobedeció de forma abierta.
Con la participación de la fiscala Romina Núñez y la defensora Sara Cabezas, el proceso culminó bajo la modalidad de Juicio Abreviado prevista en el artículo 411 del Código Procesal Penal. El tribunal consideró acreditada la responsabilidad penal de Subelza y dictó la pena máxima prevista por la ley.