El diputado nacional Oscar Agost Carreño presentó un proyecto de ley que propone una modificación profunda al mecanismo de selección del candidato a vicepresidente de la Nación.
La iniciativa busca que, al igual que ocurre en la Ciudad de Buenos Aires con la fórmula jefe y vicejefe de Gobierno, el postulante a vicepresidente sea designado después de las PASO y por el candidato presidencial que resulte ganador en la interna de cada espacio político.
La propuesta introduce un nuevo artículo -el 22 bis- en la Ley 26.571 de Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Allí se establece que, “dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de recibida la notificación de su proclamación, el candidato a Presidente de la Nación de cada agrupación política deberá seleccionar al candidato a Vicepresidente de la Nación que lo acompañará en la fórmula”.
El texto aclara además que el postulante elegido no podrá haber competido en las primarias de otra fuerza política, y que su designación quedará firme salvo rechazo expreso del máximo órgano partidario en un plazo de 48 horas. En caso de silencio, “se tendrá por aceptada la designación”.
En los fundamentos, Agost Carreño plantea que el sistema de PASO -creado por la Ley 26.571- perdió buena parte de su sentido original. Señala que “la experiencia recogida (…) ha demostrado que los fundamentos principales por los cuales las PASO fueron implementadas se han desvirtuado”, ya que muchos espacios políticos concurren con una sola lista, eliminando la competencia interna que justificaba su existencia.
Incluso recuerda que para las elecciones legislativas de 2025 se decidió suspender las PASO, porque “al llevar una sola lista por espacio político, sólo serviría como una gran encuesta nacional previa a las elecciones definitivas”.
Según Agost Carreño, este cambio daría “mayor competitividad y robustez política” a los partidos y permitiría que sus distintas corrientes internas se vean representadas en la fórmula presidencial que llega a la elección general.
El proyecto también modifica varios artículos de la Ley 26.571 para armonizar el nuevo mecanismo. Entre ellos:
Además, se mantiene el piso del 1,5% de votos válidos para que una agrupación pueda competir en la elección general.
FA