29/11/2025 - Edición Nº1026

Política

Congreso

Ley de 'Kidfluencers': los padres no tocarían el dinero y regularían a TikTok

28/11/2025 | El proyecto pretende generar obligaciones para las plataformas y prohibición de ciertos contenidos. Lo presentó la diputada peronista Micaela Morán.



La diputada nacional de Unión por la Patria, Micaela Morán, presentó un proyecto de ley que busca establecer por primera vez en Argentina un marco regulatorio para la actividad de niños, niñas y adolescentes influencers.

Se trata de un fenómeno en expansión que combina exposición digital, ingresos económicos y riesgos sobre la privacidad, la salud emocional y los derechos de los menores.

El proyecto define a los kidfluencers como aquellos menores que generan contenido de manera sistemática y adquieren relevancia en plataformas digitales, recibiendo a cambio compensaciones económicas o en especie. “El objeto de esta ley es regular el trabajo como influencers (…) y garantizar la protección de sus derechos”, señala el artículo 1°.

Morán propone reconocer esta actividad como una excepción a la prohibición del trabajo infantil, asimilándola a la actividad artística, tal como prevé el Convenio 138 de la OIT.

Cuentas bloqueadas y control estatal de los ingresos

Uno de los puntos centrales del proyecto establece que los padres o tutores deberán abrir un fideicomiso o cuenta fiduciaria bloqueada en un banco público, donde se depositarán todos los ingresos generados por la actividad del menor. Ese dinero solo podrá ser utilizado por el niño al alcanzar la mayoría de edad o emanciparse.

“Los padres deben abrir un fideicomiso a nombre del niño (…) donde se depositarán los montos percibidos”, fija el artículo 7°. El objetivo, explica Morán, es evitar que los ingresos del menor sean utilizados por adultos sin control: “La exposición pública genera, en muchas ocasiones, un beneficio económico para las familias (…) por eso es necesario garantizar la seguridad financiera de los niños influencers”.

El proyecto prevé, sin embargo, que en casos excepcionales y por razones socioeconómicas, la autoridad de aplicación podrá autorizar el uso limitado de un porcentaje de esos ingresos para gastos de crianza y educación.

Obligaciones para las plataformas y prohibición de ciertos contenidos

La iniciativa también impone obligaciones estrictas a plataformas como YouTube, Instagram, TikTok o Twitch. Entre ellas, deberán:

  • Informar a los usuarios sobre los riesgos de exponer a menores.
  • Sensibilizar a los niños acerca de las consecuencias de difundir su imagen.
  • Detectar situaciones de vulneración de derechos.
  • Exigir el consentimiento expreso de los padres para publicar contenido.

Además, se prohíbe que los menores promocionen productos o servicios vinculados a riesgos para la salud -como tabaco, alcohol, medicamentos no autorizados o alimentos con altos niveles de grasas o azúcares- o que participen en publicidad engañosa, discriminatoria o vinculada al juego online.

La actividad influencer tampoco podrá interferir con la jornada escolar: “La tarea no debe afectar ni superponerse con el horario o las tareas de su educación formal”, asegura el artículo 9°.

Derecho al olvido digital

Otro punto destacado es la incorporación de un derecho de supresión: al cumplir los 18 años, los jóvenes podrán exigir que las plataformas eliminen los contenidos en los que hayan participado como influencers.

El proyecto lo define como “el derecho de solicitar la eliminación del contenido en línea (…) obligación que las plataformas deben cumplir”.

Un fenómeno global que ya se legisla en otros países

Morán contextualiza su iniciativa señalando que legislaciones similares ya avanzaron en países como Francia, Estados Unidos e incluso estados como Illinois, Utah y Minnesota. “Los menores no son herramientas de marketing ni trabajadores encubiertos, sino niños que deben crecer y educarse sin presiones comerciales”, advierte en los fundamentos.

La diputada también menciona casos internacionales de influencers infantiles que denunciaron explotación o abusos derivados de la exposición forzada en redes, y cita como antecedente su propio proyecto sobre la difusión pública de contenidos de la vida privada de hijos menores.

FA