El Gobierno dio a conocer un documento preliminar con los lineamientos centrales del proyecto de Reforma Laboral que planea enviar al Congreso en el corto plazo. La propuesta es presentada como una “modernización integral del régimen laboral argentino” con tres objetivos definidos: fomentar el empleo formal, reducir la litigiosidad en el sistema y adecuar la normativa a nuevas modalidades de trabajo, que son de retórica simpática, pero generan dudas sobre su aplicación.
Por ejemplo, una simple lectura del texto genera dudas sobre cómo será posible combatir al trabajo no registrado con la eliminación de las sanciones para los empleadores que tengan a su personal en negro, o cómo será garantizado el reconocimiento de los derechos laborales si aplica un criterio restrictivo sobre la responsabilidad solidaria entre empresas, y de cómo cambiaría la situación de los trabajadores por aplicación.
1. Promoción del Empleo Registrado (PER)
La iniciativa habilita a los empleadores a regularizar relaciones laborales no registradas o mal registradas. Entre los beneficios previstos para quienes se adhieran figuran la extinción de acciones penales por evasión previsional, la condonación de multas e intereses por aportes impagos y la baja del REPSAL (registro de empleadores infractores).
La reglamentación no podrá condonar menos del 70% de la deuda total. A su vez, los trabajadores regularizados podrán computar hasta 60 meses de aportes para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU).
2. Cambios en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)
El proyecto incorpora una serie de modificaciones sustanciales:
3. Nuevo régimen de indemnizaciones
La iniciativa redefine la “remuneración mensual, normal y habitual” como base indemnizatoria y establece topes: no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio. Asimismo, la indemnización no podrá ser inferior al 67% de la remuneración habitual del trabajador.
Los convenios colectivos podrán optar por reemplazar la indemnización tradicional por un fondo de cese laboral, financiado exclusivamente por el empleador.
4. Enfermedad, accidente y reintegro
Si un trabajador queda con una disminución permanente, el empleador deberá asignarle tareas compatibles. Si esto no fuera posible, el contrato podrá extinguirse con una indemnización reducida (artículo 247). Pero si el empleador pudiendo reubicar no lo hace, se aplicará la indemnización plena (artículo 245).
5. Plataformas digitales (delivery)
Se crea un régimen específico para repartidores independientes.
Obligaciones: inscripción fiscal y previsional, contar con CBU/CVU y cumplir normas de tránsito.
Derechos: rechazar pedidos sin justificación, recibir explicaciones ante bloqueos y acceder a portabilidad de datos.
6. Procedimientos de crisis y negociación colectiva
El proyecto refuerza el deber de buena fe entre las partes, exige mayor información económica por parte de las empresas y establece sanciones para quienes incumplan los compromisos de negociación.
7. Actualización de créditos laborales
Los créditos se actualizarán por IPC más un 3% anual. En causas en trámite, se fijan límites para evitar que los montos superen lo que resultaría del cálculo aplicado según la nueva fórmula.
8. Reducción de contribuciones patronales
Se prevé una reducción de tres puntos en las contribuciones patronales para empleadores que aporten regularmente a los Fondos de Asistencia Laboral. ARCA podrá incrementar la tasa en caso de incumplimientos.
9. Transferencia del establecimiento
En caso de traspaso o venta de una empresa, el adquirente deberá asumir todas las obligaciones laborales del titular anterior.
10. Cambios en la Justicia Nacional del Trabajo
Se redefinen criterios de competencia territorial y se mantiene la responsabilidad solidaria entre empresas únicamente cuando se acrediten maniobras fraudulentas.
Con este paquete de medidas, el Ejecutivo busca dar un giro estructural al sistema laboral argentino, alineando su funcionamiento con nuevos esquemas productivos y reduciendo los focos de conflicto que hoy atraviesan la relación entre trabajadores y empleadores.
GZ