08/12/2025 - Edición Nº1035

Política

Accesibilidad urbana

Plazas porteñas bajo la lupa: el requisito clave que ahora será obligatorio

07/12/2025 | El objetivo es garantizar el derecho al juego de todos los niños y niñas, con y sin discapacidad, en línea con estándares internacionales.



En su última sesión ordinaria, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó por unanimidad una nueva ley que transformará los espacios infantiles de parques y plazas. La iniciativa establece la obligatoriedad de instalar juegos inclusivos en todas las áreas de recreación de la Capital, con criterios más amplios que los de la legislación vigente.

El proyecto, presentado por el diputado Juan Manuel Valdés (Unión por la Patria), plantea una reforma integral de la Ley 2219 para redefinir cómo debe entenderse la accesibilidad en los espacios públicos. La nueva normativa exige que cada área infantil cuente con equipamiento inclusivo en cantidad y tipo, determinado a partir de estudios de factibilidad técnica específicos para cada espacio verde.

De esta forma, la regulación vigente —que se limitaba principalmente a la incorporación de hamacas accesibles— será reemplazada por un enfoque más amplio, que contempla diversidad de juegos y propuestas lúdicas. El texto aprobado señala que los juegos deberán “respetar la variedad de opciones disponibles en cada parque o plaza, evitando que la oferta se concentre en un único tipo de estructura”, y enfatiza que tanto la ubicación como el acceso y la interacción con cada juego deben ser plenamente accesibles.

El espíritu de la ley apunta a promover espacios comunes donde niños y niñas con y sin discapacidad puedan jugar juntos, abandonando la lógica de los “juegos adaptados” para adoptar la de juegos inclusivos, alineada con el modelo social de la discapacidad. Este enfoque entiende la inclusión como la creación de entornos diseñados desde el inicio para todas las personas, sin necesidad de modificaciones posteriores.

La fundamentación del proyecto recurre a instrumentos internacionales clave en materia de derechos. Entre ellos, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, cuyo artículo 30.5 garantiza que los niños con discapacidad deben tener el mismo acceso que los demás a actividades recreativas. También menciona la Convención sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 31 reconoce el derecho al esparcimiento, la vida cultural y la recreación en condiciones de igualdad.

Para los impulsores de la iniciativa, la aprobación de esta ley representa un paso decisivo hacia la construcción de espacios lúdicos accesibles, seguros y equitativos, en un contexto donde —según los argumentos del texto— la mayoría de las superficies y diseños actuales aún presentan barreras que dificultan el pleno ejercicio del derecho al juego.

GZ