El Ministerio de Seguridad de la Nación dispuso una actualización integral de los aranceles que cobra el Registro Nacional de Armas (RENAR) y elevó a $10 millones el monto máximo de las multas previstas para infracciones a la Ley de Armas y Explosivos.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 1383/2025, firmada por la ministra Alejandra Monteoliva, y entrará en vigencia el día hábil posterior a su publicación en el Boletín Oficial.
La decisión se adopta en un contexto de fuerte depreciación de los valores vigentes, que no se actualizaban desde diciembre de 2022.
En los considerandos, la resolución sostiene que los aranceles y tasas asociados a los trámites del RENAR habían perdido más del 600% de su valor real debido a la inflación acumulada desde la última actualización.
Pese a ello, el Ministerio de Seguridad resolvió aplicar un incremento del 100% para evitar trasladar de forma plena el impacto inflacionario a los usuarios del sistema.
El ajuste se aplicará sobre los trámites vinculados a materiales regulados por los decretos 395/75 y 302/83, que incluyen armas, municiones, explosivos y sustancias afines.
La norma también actualiza el régimen sancionatorio para quienes infrinjan la Ley 20.429. Tanto para particulares como para usuarios comerciales -entre ellos industrias, entidades financieras, empresas de logística, minas, obras o importadores- el monto máximo de las multas queda fijado en $10 millones.
El cálculo se basa en la variación del Índice de Precios al por Mayor elaborado por el INDEC, de acuerdo con lo establecido por la Ley 21.829.
El Ministerio dispuso además elevar a $2.000 el valor de la “Unidad RENAR”, un parámetro clave para calcular el costo de formularios, solicitudes, aranceles y sanciones económicas.
Esta unidad había sido creada en 2022 con el compromiso de actualizarla conforme a la evolución del Índice de Precios al Consumidor, algo que no se había concretado desde entonces.