12/01/2026 - Edición Nº1070

Judiciales

Decisión polémica

Caso Tellechea: los fundamentos del tribunal para dictar las diez absoluciones 

25/12/2025 | En un fallo de 127 páginas, las juezas federales de San Juan sostuvieron que la fiscalía no logró acreditar la privación ilegal de la libertad ni la complicidad estatal. Pese a liberar de culpa a los diez imputados, ordenaron que la búsqueda del ingeniero continúe "bajo presunción de vida".



El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de San Juan expuso los fundamentos técnicos que derivaron, en octubre pasado, en la absolución de los diez procesados por la desaparición de Raúl Tellechea.

El pronunciamiento de las juezas Eliana Beatriz Rattá Rivas, Gretel Diamante y María Carolina Pereira se centró en la "insuficiencia probatoria" para encuadrar el hecho bajo la figura de desaparición forzada de personas, un delito que exige requisitos específicos que, según el fallo, la acusación no pudo demostrar.

Para el tribunal, el Ministerio Público Fiscal y la querella fallaron al no acreditar los dos pilares del tipo penal en debate: la privación ilegítima de la libertad y la aquiescencia o apoyo por parte del Estado. "La carga probatoria es directamente proporcional a la gravedad de la pena que se reclama", señalaron las magistradas al cuestionar que se solicitara prisión perpetua basándose en una "narrativa generalizada" y no en hechos objetivos verificados durante el debate oral y público.

El análisis de los últimos movimientos del ingeniero

Uno de los puntos clave del fallo descarta la hipótesis del secuestro en la vía pública. La acusación sostenía que el 28 de septiembre de 2004, frente al Banco San Juan, Tellechea ya se encontraba privado de su libertad. Sin embargo, el tribunal calificó esta afirmación como carente de sustento, subrayando que al menos cinco testigos independientes vieron al ingeniero en ese lugar sin advertir signos de restricción física.

Asimismo, las juezas validaron la existencia de una reunión previa en la Mutual de la Universidad Nacional de San Juan (UNSJ) el 27 de septiembre, un encuentro que la fiscalía negaba. Según el dictamen, resulta contrario a la lógica suponer que los imputados inventarían una coartada que, lejos de desvincularlos, los colocaba directamente como los últimos en ver a la víctima, situándolos como principales sospechosos desde el inicio.

El rechazo al "derecho penal de autor" y la falta de móvil

El fallo también fue categórico al descartar el encubrimiento estatal. Las magistradas indicaron que no se individualizaron conductas concretas de los funcionarios policiales que pudieran interpretarse como un plan para desviar la investigación. En este sentido, advirtieron que se pretendió condenar a los acusados por su rol funcional o vínculos personales, algo que definieron como "Derecho Penal de Autor", una práctica prohibida por la Constitución Nacional que juzga a las personas por "quiénes son" y no por "qué hicieron".

Respecto al móvil del crimen, el tribunal señaló que no se halló una razón lógica que explicara por qué los acusados necesitarían la desaparición de Tellechea. Por el contrario, mencionaron que en la causa económica paralela surgieron elementos que generan sospechas sobre presuntas irregularidades cometidas por el propio ingeniero en perjuicio de la Mutual.

La obligación de continuar la búsqueda

Si bien el veredicto fue absolutorio para Luis Héctor Moyano y los otros nueve imputados, las magistradas dejaron en claro que la desaparición de Tellechea es un hecho indiscutible. Por ello, instaron al Ministerio Público Fiscal a diseñar una estrategia de búsqueda permanente y exhaustiva. El fallo establece que el proceso debe continuar bajo la "presunción de vida", explorando todas las hipótesis razonables hasta que se logre determinar con certeza el paradero del ingeniero, cuyo rastro se perdió hace más de dos décadas.