La Ley de Inocencia Fiscal, propuesta por el Poder Ejecutivo y aprobada este viernes por el Congreso, quedó formalmente sancionada tras su paso por el Senado. Con esta iniciativa, el gobierno de Javier Milei busca fomentar la incorporación al circuito formal de dólares adquiridos en el mercado informal durante los años de cepo cambiario, mediante un esquema de fuerte alivio tributario y penal.
La norma introduce modificaciones clave al Régimen Penal Tributario (Ley 24.769), a la Ley de Procedimiento Fiscal (11.683) y al Código Civil y Comercial, además de crear un Régimen de Declaración Jurada Simplificada. El eje central es la instauración de un Régimen Simplificado de Ganancias, que según el Gobierno deja a los contribuyentes adheridos “blindados para siempre” frente a futuros reclamos fiscales.
El nuevo régimen podrá ser utilizado por personas humanas con un patrimonio de hasta 10.000 millones de pesos. Quienes adhieran no deberán informar variaciones patrimoniales ni justificar consumos. En la práctica, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sólo cobrará el impuesto a las Ganancias sobre los ingresos efectivamente facturados, sin controlar el crecimiento del patrimonio ni el nivel de gastos.
El artículo 39 de la ley establece el llamado “efecto liberatorio del pago”: si el contribuyente acepta la declaración jurada propuesta por ARCA y paga en término, queda liberado de futuras acciones, salvo que se compruebe omisión de ingresos. Además, la norma eleva de manera sustancial los umbrales penales: la evasión simple pasa de $1,5 millones a $100 millones, y la evasión agravada sólo se configurará cuando el monto supere los $1.000 millones.
Por último, la ley reduce el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias de cinco a tres años y establece que ARCA no iniciará acciones penales si el contribuyente cancela la deuda y los intereses, beneficio que podrá usarse una sola vez. Si la denuncia aún no fue presentada, la acción penal se extinguirá si se paga la deuda más un adicional del 50% dentro de los 30 días hábiles. Aunque el esquema implica un relajamiento de los controles fiscales, la norma endurece las multas económicas para quienes presenten declaraciones juradas fuera de término.