02/01/2026 - Edición Nº1060

Política

Reestructuración

Milei firmó un DNU clave: por qué disolvió la ANDIS y qué cambia en Salud

02/01/2026 | El decreto se publicó este viernes. También extiende la emergencia sanitaria durante todo el 2026.



El Gobierno nacional publicó este viernes el Decreto de Necesidad y Urgencia 942/2025, mediante el cual prorrogó la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2026, dispuso una profunda reorganización institucional en el área de discapacidad y amplió las competencias del Ministerio de Salud en materias vinculadas a precursores químicos y narcotráfico.

La norma lleva la firma del presidente Javier Milei y fue adoptada en acuerdo general de ministros. Se da luego del escándalo judicial que estalló a partir del audio de Diego Spagnuolo, extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad que reveló una supuesta trama de coimas que involucrarían a Karina Milei.

Prórroga de la emergencia sanitaria hasta fines de 2026

Uno de los ejes centrales del decreto es la extensión de la emergencia sanitaria nacional, originalmente declarada por el DNU 70/2023. El Ejecutivo justificó la prórroga en la necesidad de contar con herramientas ágiles de gestión, evitar riesgos en la continuidad de los servicios de salud y garantizar el acceso equitativo a la atención sanitaria.

Según los considerandos, la finalización de la emergencia sin medidas de transición “implicaría un riesgo inmediato para la continuidad de los servicios de salud” y podría generar “consecuencias irreversibles en la red asistencial”.

Diego Spagnuolo y Javier Milei.

Disolución de la ANDIS y creación de la Secretaría Nacional de Discapacidad

El decreto establece la centralización orgánica y funcional de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) dentro del Ministerio de Salud, mediante la creación de la Secretaría Nacional de Discapacidad, que se incorpora al organigrama oficial de la cartera sanitaria.

De esta manera, el Ministerio de Salud pasa a ser el continuador legal y administrativo de la ANDIS, asumiendo todos sus compromisos, obligaciones, créditos presupuestarios, bienes, personal y estructuras organizativas, hasta tanto se apruebe la nueva estructura formal.

Las irregularidades detectadas durante la intervención

La decisión se apoya en el Informe Final de Intervención de la ANDIS, elaborado tras la intervención dispuesta por el Decreto 601/2025. Allí se describen graves falencias administrativas, financieras y tecnológicas que, según el Gobierno, comprometían el acceso efectivo de las personas con discapacidad a prestaciones esenciales.

El documento señala que la Agencia operaba con un ecosistema tecnológico fragmentado, con sistemas inconexos y sin interoperabilidad, lo que afectaba la gestión del Certificado Único de Discapacidad, las Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral y el programa Incluir Salud.

También se detectaron demoras, inconsistencias de datos, deficiencias en la trazabilidad documental y ausencia de manuales de procedimientos.

Ministerio de Salud de la Nación.

Contrataciones bajo sospecha y riesgos para las prestaciones

El informe de intervención también identificó irregularidades de gravedad en las contrataciones y en la gestión de gastos, especialmente en la Dirección Nacional de Acceso a los Servicios de Salud, vinculadas a insumos médicos, equipamiento y dispositivos de alta complejidad.

Según el Ejecutivo, estas deficiencias “comprometen la regularidad, eficiencia y legalidad del funcionamiento del organismo” y generan un riesgo cierto e inminente para la continuidad de las prestaciones destinadas a personas con discapacidad.

Argumentos de urgencia y uso del DNU

El Gobierno justificó el uso del Decreto de Necesidad y Urgencia al considerar que la vía legislativa ordinaria no resulta idónea frente a la magnitud de los problemas detectados. La demora parlamentaria, sostiene el texto, podría agravar la afectación de derechos y profundizar el perjuicio al erario público.

En ese marco, el Ejecutivo afirmó que se verifican plenamente los requisitos de necesidad y urgencia previstos por el artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.

Ampliación de competencias del Ministerio de Salud en precursores químicos

Otro punto relevante del DNU es la ampliación de las competencias del Ministerio de Salud en relación con el Registro Nacional de Precursores Químicos, creado por la Ley 26.045. A partir de ahora, la cartera sanitaria tendrá un rol activo en la generación de evidencia sanitaria, toxicológica y epidemiológica sobre sustancias controladas.

Estas nuevas atribuciones se ejercerán en coordinación con el Ministerio de Seguridad Nacional, con el objetivo de prevenir desvíos, fortalecer los controles y colaborar en la lucha contra el narcotráfico y el consumo problemático de sustancias.