19/02/2026 - Edición Nº1108

Política

Historia y poder

Doctrina Drago y Doctrina Calvo: por qué Kicillof las usa ante la crisis venezolana

03/01/2026 | La Doctrina Drago y la Doctrina Calvo son pilares históricos de la política exterior argentina y sostienen la defensa de la soberanía y la no intervención.



Las declaraciones del gobernador bonaerense Axel Kicillof en rechazo a la intervención militar de Estados Unidos en Venezuela reintrodujeron en el debate público dos conceptos históricos de la política exterior argentina: la Doctrina Drago y la Doctrina Calvo. Se trata de principios formulados entre fines del siglo XIX y comienzos del XX que, aún hoy, conservan vigencia en el derecho internacional y en la tradición diplomática latinoamericana.

Ambas doctrinas surgieron como respuesta a un contexto de fuerte presión de las potencias sobre los países periféricos y se convirtieron en pilares de una concepción que privilegia la soberanía de los Estados, la no intervención y la resolución pacífica de los conflictos.

La Doctrina Calvo: igualdad jurídica y rechazo a privilegios 

La Doctrina Calvo fue formulada por el jurista argentino Carlos Calvo en el siglo XIX. Su principio central sostiene que los extranjeros no deben gozar de más derechos que los ciudadanos nacionales y que, ante conflictos con un Estado, deben someterse a la jurisdicción de los tribunales locales.

En términos concretos, la doctrina rechaza que un Estado extranjero pueda intervenir diplomática o militarmente para proteger intereses privados -empresas, inversiones o acreencias- dentro de otro país. Para Calvo, aceptar ese tipo de intervenciones implicaba erosionar la soberanía nacional y consolidar relaciones de dependencia.

Este principio fue especialmente influyente en América Latina, donde las potencias solían justificar presiones o bloqueos en nombre de la defensa de sus ciudadanos o capitales.

La Doctrina Drago: no al uso de la fuerza

La Doctrina Drago fue formulada en 1902 por el canciller argentino Luis María Drago, en respuesta al bloqueo naval que potencias europeas impusieron sobre Venezuela para exigir el pago de deudas externas.

Drago sostuvo que ningún Estado extranjero tiene derecho a utilizar la fuerza militar para cobrar deudas públicas a otro Estado soberano. Su planteo fue un paso más allá del principio de Calvo: incluso si existiera un incumplimiento financiero, la respuesta no podía ser la coerción armada.

La Doctrina Drago influyó directamente en debates posteriores dentro del derecho internacional y fue uno de los antecedentes de la prohibición del uso de la fuerza consagrada décadas después en la Carta de las Naciones Unidas.

Vigencia actual y sentido político

Al citar ambas doctrinas, Kicillof no solo expresó una posición coyuntural frente a la crisis en Venezuela, sino que se inscribió en una tradición histórica de la política exterior argentina que prioriza la legalidad internacional por sobre la conveniencia geopolítica.

La Doctrina Calvo y la Doctrina Drago comparten una misma matriz: limitar la injerencia de las grandes potencias sobre los países más débiles y defender la idea de que los conflictos entre Estados deben resolverse mediante el derecho, el diálogo y los organismos multilaterales, no por la fuerza.

En el contexto actual, atravesado por intervenciones militares, sanciones unilaterales y disputas ideológicas, estas doctrinas vuelven a aparecer como marcos conceptuales para interpretar el rol de la Argentina en el mundo y para contrastar modelos de política exterior: uno basado en el alineamiento y otro anclado en la soberanía y el derecho internacional.

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