A través de un extenso hilo publicado en la red social X, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, dio a conocer y explicó una modificación clave en el criterio para la actualización de montos en fallos judiciales, una cuestión técnica que suele pasar desapercibida pero que tiene un fuerte impacto en la previsibilidad del sistema judicial y económico.
Según expuso Sturzenegger, el Código Civil y Comercial, en su artículo 768, establece que la actualización de obligaciones debe regirse, en primer lugar, por el acuerdo entre las partes; luego por leyes especiales; y, en ausencia de ambas, por las tasas que reglamente el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Sin embargo, la tasa que el organismo venía publicando con ese fin -a través de la Circular 14290- quedaba muy por debajo de la inflación, lo que llevó a muchos jueces a desestimarla y a aplicar criterios propios.
ACTUALIZACION DE FALLOS JUDICIALES. Esta semana una importante noticia que resuelve este tema pasó algo bajo el radar. Vale la pena explicar. Spoiler: tweet para abogados y jueces.
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) January 11, 2026
El Código Civil y Comercial define como actualizar montos en su articulo 768. Dice que en primer… pic.twitter.com/c3uJJapSQq
De acuerdo con el funcionario, esa situación derivó en una marcada dispersión de fallos: algunos magistrados aplicaban ajustes por inflación o inflación más un adicional del 3% o 7%, mientras que otros utilizaban tasas activas muy elevadas, generando en ciertos casos obligaciones de cumplimiento prácticamente imposible. A la inversa, para sentencias correspondientes a períodos de tasas reales negativas, estos criterios también resultaban injustos, ya que los demandados no tenían forma de preservar el valor del dinero aun actuando de buena fe.
En ese contexto, Sturzenegger explicó que el economista Ignacio Pérez Cortés, del BCRA, propuso una solución que combina tasas activas y pasivas, estableciendo un techo de inflación +3% y un piso de inflación -3%. El objetivo es evitar tanto ajustes desmedidos como pérdidas excesivas en términos reales, logrando una actualización más equilibrada y razonable para ambas partes.
El ministro señaló que la tasa resultante de este cálculo ofrece resultados consistentes para cualquier período y que, al estar alineada con el Código Civil y Comercial, no existirían motivos para que no se generalice su utilización en sentencias judiciales cuando no rija una ley especial. Además, anticipó que el BCRA pondrá a disposición una calculadora oficial para facilitar la aplicación del nuevo criterio por parte de jueces y abogados.
Sturzenegger agregó que una lógica similar fue incorporada en el proyecto de reforma laboral, que propone hacia adelante actualizaciones de inflación +3%, y para períodos anteriores el uso de tasas activas con topes y pisos vinculados a la inflación. Según remarcó, el cambio es fruto de un trabajo conjunto entre equipos técnicos del BCRA, el Ministerio de Desregulación y miembros del Poder Judicial, y apunta a reducir el riesgo judicial y fortalecer el derecho de propiedad.
GZ