16/01/2026 - Edición Nº1074

Política

Mano dura ambiental

¿Cárcel para funcionarios? El plan de Pagano por los incendios en la Patagonia

16/01/2026 | Pagano propone hasta 20 años de prisión y penas para funcionarios ante el descontrol de fuegos en la Patagonia.



Ante la gravedad de los incendios reiterados en la región patagónica, la diputada nacional Marcela Pagano presentó un proyecto de ley para crear un "Régimen Penal Integral de Protección Ambiental". La iniciativa busca fortalecer la tutela penal del ambiente y la vida humana mediante el endurecimiento de las escalas punitivas y la incorporación de tipos penales específicos.

Lo que hay que saber

  • Penas máximas: El proyecto propone elevar hasta los 20 años de prisión el castigo por incendios ambientales agravados.
  • Contra la especulación: Se tipifica el delito cuando el hecho se comete con finalidad económica, especulativa o de cambio de uso del suelo.
  • Negligencia estatal: Establece penas de hasta 10 años de cárcel e inhabilitación para funcionarios que incumplan deberes de prevención o control.
  • Protección integral: Define como bienes jurídicos protegidos no solo al ambiente, sino también a la seguridad pública, la salud y la vida.

El proyecto surge en un contexto donde el ordenamiento penal vigente es calificado como "insuficiente" e "ineficaz" frente a la magnitud de los daños causados por incendios masivos. La legisladora argumenta que la reiteración sistemática de estos eventos responde, en numerosos casos, a lógicas económicas ilegales y a omisiones graves del Estado en sus deberes de prevención.

Los nuevos tipos penales y agravantes

Facsímil del proyecto de ley "Régimen Penal Integral de Protección Ambiental".

La reforma propuesta sustituye el Artículo 186 del Código Penal e incorpora figuras para abordar la problemática bajo un nuevo paradigma:

  • Incendio Ambiental Agravado (Art. 186 bis): Se aplicará una pena de 10 a 20 años si el fuego afecta bosques nativos protegidos, reservas de biosfera, humedales de alto valor ecológico o si existe riesgo concreto para la vida.
  • Imprudencia Grave (Art. 186 ter): Para quienes provoquen incendios por negligencia temeraria o violación de deberes de cuidado, con penas de 3 a 10 años, elevándose hasta los 12 años si se violan prohibiciones de quema o alertas rojas.

Responsabilidad penal de los funcionarios públicos

Uno de los ejes centrales del proyecto es la incorporación de sanciones penales específicas para los funcionarios públicos que, por acción u omisión, faciliten o permitan el avance del fuego. El texto sostiene que el Estado no puede limitarse a perseguir a particulares cuando el daño es consecuencia de la falta de ejecución presupuestaria o la tolerancia de prácticas ilegales.

Según el Artículo 6°, el funcionario será reprimido con prisión de 4 a 10 años si:

  • Omitiere ejecutar total o parcialmente las partidas presupuestarias asignadas para la prevención de incendios.
  • Incumpliere planes, protocolos o alertas oficiales de emergencia ígnea.
  • Facilitare o encubriere conductas destinadas a provocar incendios o modificar el uso del suelo.

"La tipificación propuesta no criminaliza la gestión política, sino que se dirige exclusivamente a omisiones graves vinculadas a deberes funcionales específicos y a riesgos concretos", detallan los fundamentos de la norma firmada por Pagano.

TM