19/01/2026 - Edición Nº1077

Política

Prohibición y sanciones

Pirotecnia sonora cero: cómo es el nuevo proyecto que ingresó a Diputados

19/01/2026 | El proyecto fue presentado por Nancy Picón y busca crear un marco nacional similar al que existe en varias provincias.



La diputada nacional Nancy Picón, dirigente sanjuanina que responde políticamente al gobernador Marcelo Orrego, presentó en la Cámara baja un proyecto de ley para prohibir en todo el territorio nacional la pirotecnia sonora, bajo el lema “Pirotecnia Sonora Cero”.

La iniciativa apunta a restringir de manera integral la fabricación, comercialización y uso de artefactos pirotécnicos que produzcan efectos audibles, permitiendo únicamente aquellos de carácter lumínico y bajo condiciones de seguridad específicas.

Prohibición nacional de la pirotecnia sonora

El proyecto establece la prohibición absoluta de la comercialización, exhibición, tenencia, manipulación, uso, transporte y venta —mayorista, minorista o ambulante— de artificios pirotécnicos con efectos sonoros, cualquiera sea su mecanismo o característica.

La restricción incluye también a los globos aerostáticos de pirotecnia, con el objetivo de unificar criterios a nivel nacional y superar la actual dispersión normativa entre provincias y municipios.

Qué se permite y cuáles son las excepciones

La iniciativa habilita únicamente la pirotecnia de efectos lumínicos, siempre que cuente con la evaluación previa de la autoridad de aplicación y no represente riesgos de daños de mediana o mayor gravedad.

Asimismo, el texto contempla excepciones específicas, como los artificios utilizados para señales de auxilio, emergencias, defensa civil, Fuerzas Armadas y de Seguridad, la lucha antigranizo y usos industriales o mineros, en tanto se empleen dentro de esas actividades productivas u operativas.

Autoridad de aplicación y campañas de concientización

El proyecto designa al Ministerio de Seguridad de la Nación como autoridad de aplicación, con facultades para coordinar acciones de control junto a provincias y municipios.

También le asigna la responsabilidad de impulsar campañas de difusión y concientización, en articulación con organizaciones de la sociedad civil, para informar sobre los riesgos asociados al uso de pirotecnia sonora y los alcances de la norma.

Régimen de sanciones

En caso de incumplimiento, la propuesta prevé un régimen sancionatorio que incluye multas económicas, decomiso de mercadería, clausuras temporarias de locales comerciales y sanciones agravadas en situaciones de reincidencia.

Los fondos recaudados por las multas deberán destinarse a campañas de concientización sobre los efectos nocivos de la pirotecnia sonora.

Nancy Picón, diputada nacional.

Fundamentos: salud, ambiente y grupos vulnerables

En los fundamentos, Picón sostiene que el objetivo central del proyecto es “resguardar el interés superior no solo de las personas más vulnerables sino también de los animales y el ambiente”.

Advierte que la pirotecnia sonora puede generar daños auditivos severos, con ruidos que superan los 140 decibeles, y afectar especialmente a niños, adultos mayores y personas con trastorno del espectro autista (TEA) o hipersensibilidad auditiva. El texto también subraya el impacto en los animales, que pueden sufrir cuadros de acusticofobia, accidentes y muerte, así como la contaminación ambiental derivada de gases y material particulado.

La diputada recuerda que varias jurisdicciones ya avanzaron con normativas similares, entre ellas Jujuy, Buenos Aires, Río Negro, Neuquén, Misiones y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En ese marco, plantea la necesidad de que el Estado nacional establezca una regulación de alcance federal que ponga fin al uso indiscriminado de pirotecnia sonora y convoque a las provincias a adecuar su legislación vigente a la nueva ley.