El Ministerio de Economía, a través de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, aprobó los indicadores de exteriorización patrimonial y de manifestación de capacidad económica que se utilizarán para admitir, rechazar o excluir hogares del régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).
La medida quedó formalizada mediante la Disposición 2/2026, publicada en el Boletín Oficial, y apunta a reforzar la focalización del esquema de asistencia estatal.
La norma se inscribe en el marco del Decreto 943/2025, que creó el SEF y unificó en una sola categoría los subsidios nacionales a la energía eléctrica, el gas natural, el gas propano por redes y el Gas Licuado de Petróleo (GLP) en garrafas.
A su vez, consolidó el Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), construido a partir de la información del anterior Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE).
Según la reglamentación vigente, pueden acceder al SEF los hogares cuyos ingresos netos totales no superen el equivalente a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2, de acuerdo con los valores del INDEC. Actualmente, ese monto orilla los 4 millones de pesos.
Además, el régimen contempla excepciones específicas, como la presencia de un integrante con Certificado de Vivienda Familiar (ReNaBaP), el cobro de una Pensión Vitalicia a Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, o situaciones vinculadas a hogares con personas con Certificado Único de Discapacidad (CUD), que deben ser evaluadas de manera particular por la autoridad de aplicación.
No obstante, la normativa establece que el nivel de ingresos declarado o registrado no es el único parámetro para definir la permanencia en el régimen de subsidios.
Uno de los ejes centrales de la disposición es la aplicación de criterios patrimoniales objetivos que permiten presumir capacidad de pago, aun cuando los ingresos formales del hogar se encuentren dentro de los límites establecidos.
En estos casos, la sola verificación de alguno de los indicadores habilita a la autoridad de aplicación a rechazar la solicitud o excluir al hogar del beneficio.
El anexo aprobado detalla los siguientes indicadores de exclusión:
Estos parámetros funcionan como presunciones de solvencia económica, orientadas a reducir los denominados “errores de inclusión” en el sistema de subsidios.
Para la aplicación de estos criterios, el Estado realizará cruces de información con bases de datos oficiales, en particular las administradas por el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), además de otros registros públicos. También se incorporarán herramientas de georreferenciación y verificación patrimonial para evaluar cada caso.
Desde el Ministerio de Economía señalaron que el objetivo es garantizar una distribución más equitativa de los subsidios, focalizando la ayuda en los hogares que realmente la necesitan, sin desatender factores como las condiciones climáticas, los consumos esenciales y la accesibilidad a los servicios energéticos.