En un movimiento que le da aire al esquema de seguridad del Gobierno, el juez federal Daniel Alonso rechazó in límine el habeas corpus presentado contra el DNU 941/2025. La medida buscaba frenar la validez del decreto que reformula la SIDE y, en su punto más álgido, otorga facultades a los espías para detener personas en determinados contextos sin necesidad de una orden judicial previa.
El magistrado, titular del juzgado federal de Paraná, consideró que la presentación realizada por abogados de la UCR era “notoriamente inconducente”. Según el fallo, no se acreditó una amenaza “cierta, concreta e inminente” sobre la libertad ambulatoria de los ciudadanos que justifique la intervención urgente de la justicia durante la feria judicial.

El decreto firmado por Javier Milei el pasado 31 de diciembre introduce un cambio de paradigma en la Ley de Inteligencia Nacional. En el artículo 19, habilita al personal de la SIDE a proceder a la “aprehensión” de personas durante el desarrollo de actividades de inteligencia, casos de flagrancia o requerimiento judicial.
Este giro borra la histórica separación entre las tareas de espionaje y las funciones policiales de prevención del delito, un límite que el consenso democrático había mantenido estricto desde 1983. Para los abogados que impulsaron el recurso, esta facultad representa un peligro real y potencial de detenciones arbitrarias.
Más allá del control sobre las personas, el DNU ensancha el poder de la estructura que lidera Cristian Auguadra bajo la órbita de Santiago Caputo. Entre los cambios más relevantes aparecen:

A pesar de este primer respaldo judicial para la Casa Rosada, la batalla no terminó. Los abogados denunciantes confirmaron que apelarán la decisión ante la Cámara Federal de Paraná en las próximas 24 horas. Mientras tanto, en el Congreso, la oposición peronista y sectores del radicalismo preparan la estrategia para intentar anular el decreto una vez que finalice el receso legislativo de enero.
TM