17/03/2026 - Edición Nº1134

Política

Boletín Oficial

Desde febrero, nuevo protocolo de ART: cómo cambian los estudios médicos

30/01/2026 | La norma busca unificar los criterios médicos utilizados por las Comisiones Médicas para definir el grado de incapacidad y el acceso a indemnizaciones.



La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) aprobó un nuevo protocolo que regula qué estudios médicos deben realizarse para evaluar las secuelas que sufren los trabajadores tras un accidente o enfermedad laboral.

La medida quedó establecida a través de la Resolución 7/2026, que entrará en vigencia el 2 de febrero de 2026.

La norma busca modernizar y unificar los criterios médicos utilizados por las Comisiones Médicas para definir el grado de incapacidad y el acceso a indemnizaciones.

Qué cambia con la nueva resolución

La resolución reemplaza el sistema vigente desde 2017 y establece un nuevo “Protocolo de Estudios Mínimos” que deberán presentar las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y los empleadores autoasegurados.

Este protocolo fija de manera precisa:

  • Qué estudios deben realizarse.
  • Qué documentación médica debe presentarse.
  • En qué momento deben entregarse esos informes.
  • Cómo deben confeccionarse los reportes médicos.

El objetivo central es garantizar evaluaciones más completas, objetivas y basadas en evidencia científica.

Un nuevo protocolo para evaluar las secuelas

El Anexo I aprobado por la norma establece los estudios básicos y obligatorios para determinar el daño corporal y la incapacidad laboral.

Allí se detalla que las ART y los empleadores deben presentar:

  • La historia clínica completa del trabajador.
  • Estudios por imágenes.
  • Informes médicos firmados.
  • Protocolos quirúrgicos, si los hubiera.
  • Resultados de tratamientos realizados.

Además, se aclara que los médicos de las Comisiones podrán solicitar estudios adicionales si consideran que la documentación es insuficiente.

Qué estudios se exigen según cada lesión

El nuevo protocolo organiza los estudios según el tipo de patología o secuela

Entre los principales casos, se incluyen:

  • Lesiones osteoarticulares: para fracturas, amputaciones o lesiones en articulaciones, se exigen radiografías, resonancias magnéticas o tomografías, según el caso.
  • Problemas neurológicos: se requieren evaluaciones neurológicas completas, electromiogramas y estudios de imágenes del sistema nervioso.
  • Daños psicológicos: en situaciones graves, amputaciones o tratamientos psiquiátricos, se establece la obligación de presentar un psicodiagnóstico y, en algunos casos, informes psiquiátricos.
  • Patologías respiratorias y cardiovasculares: se solicitan estudios como espirometrías, ecocardiogramas y análisis funcionales.
  • Problemas visuales y auditivos: incluyen campimetrías, audiometrías y evaluaciones especializadas.
  • Enfermedades oncológicas o infecciosas: se exige documentación médica actualizada, informes de estadificación y evaluaciones integrales.

De esta manera, cada tipo de secuela cuenta con requisitos específicos para su correcta valoración.

Obligaciones para las ART y empleadores

La resolución refuerza las responsabilidades de las aseguradoras y de los empleadores autoasegurados.

En todos los casos en los que existan secuelas, deberán:

  • Garantizar la realización de los estudios.
  • Presentarlos antes o al mismo tiempo que el alta médica.
  • Evitar demoras en la evaluación de la incapacidad.
  • Asegurar que la documentación esté completa y firmada.

El objetivo es impedir que los trabajadores deban iniciar reclamos con información médica incompleta o insuficiente.

Qué implica para los trabajadores

Para los trabajadores, la medida implica:

  • Evaluaciones médicas más completas.
  • Mayor respaldo técnico en los dictámenes.
  • Menos demoras en el cobro de indemnizaciones.
  • Mayor transparencia en los procesos.
  • Menor margen para interpretaciones arbitrarias.

En la práctica, busca fortalecer la protección de quienes sufren accidentes o enfermedades laborales y reducir los conflictos en la etapa administrativa.