La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) aprobó un nuevo protocolo que regula qué estudios médicos deben realizarse para evaluar las secuelas que sufren los trabajadores tras un accidente o enfermedad laboral.
La medida quedó establecida a través de la Resolución 7/2026, que entrará en vigencia el 2 de febrero de 2026.
La norma busca modernizar y unificar los criterios médicos utilizados por las Comisiones Médicas para definir el grado de incapacidad y el acceso a indemnizaciones.
La resolución reemplaza el sistema vigente desde 2017 y establece un nuevo “Protocolo de Estudios Mínimos” que deberán presentar las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y los empleadores autoasegurados.
Este protocolo fija de manera precisa:
El objetivo central es garantizar evaluaciones más completas, objetivas y basadas en evidencia científica.
El Anexo I aprobado por la norma establece los estudios básicos y obligatorios para determinar el daño corporal y la incapacidad laboral.
Allí se detalla que las ART y los empleadores deben presentar:
Además, se aclara que los médicos de las Comisiones podrán solicitar estudios adicionales si consideran que la documentación es insuficiente.
El nuevo protocolo organiza los estudios según el tipo de patología o secuela
Entre los principales casos, se incluyen:
De esta manera, cada tipo de secuela cuenta con requisitos específicos para su correcta valoración.
La resolución refuerza las responsabilidades de las aseguradoras y de los empleadores autoasegurados.
En todos los casos en los que existan secuelas, deberán:
El objetivo es impedir que los trabajadores deban iniciar reclamos con información médica incompleta o insuficiente.
Para los trabajadores, la medida implica:
En la práctica, busca fortalecer la protección de quienes sufren accidentes o enfermedades laborales y reducir los conflictos en la etapa administrativa.