25/02/2026 - Edición Nº1114

Política

Boletín Oficial

El Gobierno endurece el control en hospitales: los 5 datos que ahora son obligatorios

25/02/2026 | Las autoridades sanitarias de cada jurisdicción deberán auditar periódicamente los registros.



El Ministerio de Salud de la Nación Argentina aprobó una nueva normativa que establece los datos mínimos obligatorios que deberán registrarse sobre el equipamiento médico en el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES), con el objetivo de fortalecer el control, la trazabilidad y la calidad del sistema sanitario en todo el país.

La medida forma parte de una política de modernización y estandarización de la información sanitaria, orientada a mejorar la planificación, fiscalización y transparencia en el funcionamiento de hospitales, clínicas y otros efectores de salud.

Qué es el Registro Federal de Establecimientos de Salud (REFES)

El REFES reúne a todos los establecimientos sanitarios públicos y privados del país, tanto con internación como sin ella, que se encuentren en funcionamiento según las normas vigentes en cada jurisdicción.

Este registro funciona como una base de datos unificada que permite conocer en detalle la infraestructura, los servicios y el equipamiento disponible en el sistema de salud argentino. Según lo establecido en el Anexo I, su diseño fue desarrollado por el equipo del Sistema Integrado de Información Sanitaria (SISA) y validado por áreas técnicas del Ministerio.

Los datos mínimos que deberán informarse

Uno de los ejes centrales de la resolución es la definición de los datos obligatorios que deberán cargarse sobre cada equipo médico en el REFES.

Entre los requisitos mínimos se incluyen:

  • Marca del equipo.
  • Modelo, con buscador provisto por el sistema.
  • Fecha de fabricación o fecha de puesta en marcha.
  • Pertenencia institucional, mediante opción desplegable.
  • Número de producto otorgado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), con formato estandarizado.

Estos datos permitirán identificar con precisión cada dispositivo, conocer su antigüedad, su origen y su situación regulatoria.

Cómo será el sistema de carga de información

La normativa establece que la carga de datos será descentralizada. Esto significa que cada establecimiento deberá ser responsable de ingresar y actualizar la información correspondiente a su equipamiento.

Para ello:

  • Los servicios de Ingeniería Clínica deberán designar a una persona responsable.
  • Esa persona será autorizada por las autoridades sanitarias jurisdiccionales.
  • Luego, será notificada al área de soporte del SISA para obtener los permisos necesarios.

Los usuarios habilitados solo podrán acceder a la sección de equipamiento, sin posibilidad de modificar otros datos institucionales del establecimiento.

Control y auditoría de la información

Otro aspecto central de la resolución es el sistema de verificación de los datos cargados.

Con el fin de garantizar la confiabilidad de la información, las autoridades sanitarias de cada jurisdicción deberán auditar periódicamente los registros, contrastándolos con la documentación de habilitación correspondiente.

De esta manera, se busca evitar inconsistencias, errores o registros incompletos, y asegurar que los datos reflejen la situación real de cada efector de salud.

Objetivos de la medida

Desde el Ministerio de Salud, la implementación de estos criterios apunta a varios objetivos estratégicos:

  • Mejorar el control del equipamiento sanitario.
  • Facilitar la planificación de inversiones.
  • Optimizar la distribución de recursos.
  • Fortalecer los procesos de fiscalización.
  • Promover estándares homogéneos en todo el país.

Además, contar con información actualizada permitirá responder con mayor rapidez ante emergencias sanitarias y planificar políticas públicas basadas en datos confiables.

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