03/03/2026 - Edición Nº1120

Política

Cámara de apelaciones

Confirmaron el procesamiento de Jorge D'Onofrio: Audi Q8, lavado y embargo por $300 millones

03/03/2026 | Además de D’Onofrio, exministro de Transporte bonaerense, la causa involucra a Facundo Asensio, señalado como coautor del delito investigado.



La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, Sala I, Secretaría Penal N.º 3, confirmó el procesamiento del exministro de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, Jorge D'Onofrio, en el marco de una causa por presunto lavado de activos de origen ilícito, con el agravante de su condición de funcionario público.

La resolución, firmada este 2 de marzo por los jueces Juan Pablo Salas, Marcelo Darío Fernández y Marcos Moran, rechazó los recursos presentados por las defensas y ratificó lo decidido previamente por el Juzgado Federal de Campana.

Los imputados y el origen de la investigación

Además de D’Onofrio, la causa involucra a Facundo Asensio, señalado como coautor del delito investigado. El expediente se centra en la adquisición, uso y posterior venta de una camioneta Audi Q8, presuntamente utilizada para ocultar o disimular el origen ilícito de fondos.

Según surge del fallo, Asensio inscribió el vehículo en octubre de 2023 por un valor declarado de 30 millones de pesos, aunque lo aseguró por una suma muy superior. Además, otorgó una cédula de autorización a favor de D’Onofrio, quien también gestionó el sistema de peaje y abonó el servicio con su tarjeta personal.

Los argumentos de las defensas

Las defensas cuestionaron la resolución de primera instancia por considerar que carecía de fundamentación suficiente y que se apoyaba en una valoración arbitraria de la prueba. Sostuvieron que la existencia de una cédula azul y el pago del TelePASE no demostraban la titularidad real del rodado.

Asimismo, alegaron que los fondos utilizados para la compra provenían de un contrato de mutuo con una empresa vinculada a la familia de Asensio y de la venta de un inmueble, y que no estaba acreditado el delito precedente necesario para configurar el lavado de activos.

En el caso de D’Onofrio, la defensa también planteó la incompetencia de la justicia federal y remarcó que no se habían detectado irregularidades en su patrimonio.

El análisis del Tribunal: motivación y prueba

La Cámara rechazó los planteos y sostuvo que el auto recurrido cumplía con los estándares de motivación exigidos por la Constitución y la jurisprudencia de la Corte Suprema. En ese sentido, afirmó que la decisión se apoyaba en un análisis racional y conjunto del material probatorio.

Los magistrados destacaron las contradicciones entre las declaraciones de los imputados sobre el uso del vehículo, la gestión del sistema de peaje y la supuesta intención de venta, lo que debilitó las hipótesis defensivas. Además, valoraron la diferencia entre el precio declarado, el monto del seguro y el valor real de mercado.

También se ponderaron informes bancarios, registrales, allanamientos, el secuestro del vehículo y datos aportados por AUBASA sobre el sistema TelePASE, como parte de una amplia actividad probatoria.

La cuestión del delito precedente

Otro de los ejes del fallo fue la discusión sobre la necesidad de acreditar un ilícito previo. La Cámara recordó que el lavado de activos es un delito autónomo y que no requiere una condena firme por el hecho antecedente, sino una demostración genérica y razonable de su existencia.

En ese marco, el Tribunal señaló que D’Onofrio se encuentra imputado en una causa provincial por presunta malversación de fondos públicos durante su gestión, lo que fue considerado un elemento relevante para sostener la hipótesis del origen ilícito del dinero.

El embargo y su ratificación

La defensa de Asensio también cuestionó el embargo de 300 millones de pesos impuesto en primera instancia, al considerarlo excesivo. Sin embargo, la Cámara entendió que el monto era razonable, teniendo en cuenta la gravedad del delito y las penas previstas, que incluyen multas de hasta diez veces el valor de la operación.

Por ese motivo, el Tribunal resolvió homologar la medida cautelar patrimonial.

La resolución final

En su parte dispositiva, la Cámara Federal resolvió confirmar en todos sus términos el auto apelado, mantener los procesamientos y ratificar el embargo dispuesto. Además, ordenó notificar la decisión y comunicarla a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema.

De este modo, la causa contra Jorge D’Onofrio y Facundo Asensio continuará su trámite en la justicia federal, con ambos imputados formalmente procesados por presunto lavado de activos.