06/03/2026 - Edición Nº1123

Política

Proyecto de ley

Congreso, Ley Justina y menores: cómo es el plan para cambiar la donación de órganos

06/03/2026 | La iniciativa es del diputado Pablo Juliano. Busca un marco más claro para los menores de 18 años.



El diputado nacional Pablo Juliano, integrante del bloque Provincias Unidas, presentó en el Congreso un proyecto de ley que propone modificar la normativa vigente sobre donación de órganos en la Argentina.

La iniciativa busca introducir cambios en la Ley 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células —conocida como Ley Justina— para actualizar algunos aspectos vinculados a la manifestación de voluntad y a la participación de menores de edad en el sistema de donación.

Cambios en el régimen de manifestación de voluntad

El proyecto propone modificar artículos clave de la ley vigente para precisar cómo se expresa la voluntad de donar órganos y tejidos.

Entre los cambios, se establece que las personas mayores de 16 años puedan manifestar de manera expresa su decisión afirmativa o negativa respecto de la donación de órganos de su propio cuerpo. Esa decisión deberá realizarse por escrito a través de los canales habilitados por el sistema y podrá incluir restricciones específicas sobre qué órganos o tejidos donar o con qué finalidad.

Según el texto presentado, la manifestación afirmativa realizada por un menor mayor de 16 años solo podría ser revocada mediante una resolución judicial fundada en razones vinculadas a su salud mental, capacidad o integridad psicofísica.

Cómo funcionaría el sistema para menores de edad

La iniciativa también introduce precisiones sobre el tratamiento de los casos que involucren a menores.

Para adolescentes de entre 13 y 15 años, la expresión de voluntad sobre la donación deberá contar con el consentimiento de quienes ejerzan la responsabilidad parental o la guarda legal. En el caso de niños de hasta 12 años, la decisión quedará exclusivamente en manos de sus representantes legales.

En todos los casos, el proyecto establece que la donación de órganos en menores de 18 años solo podrá realizarse post mortem, descartando cualquier posibilidad de donación en vida.

Pablo Juliano, diputado radical

Autorización familiar en caso de fallecimiento

Otro de los artículos modificados se refiere al procedimiento ante el fallecimiento de menores de edad.

Si el menor no hubiera dejado una manifestación expresa de voluntad, la autorización para la ablación de órganos deberá ser otorgada por ambos padres o por el progenitor presente. La oposición de uno de ellos impediría la extracción.

En situaciones en las que no estén presentes los responsables legales, el proyecto prevé la intervención del Ministerio Pupilar para evaluar y eventualmente autorizar el procedimiento.

Canales para registrar la decisión

La iniciativa mantiene y amplía los organismos habilitados para registrar la voluntad de donar órganos. Entre ellos se encuentran el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI), el Registro Nacional de las Personas, los registros civiles provinciales y establecimientos de salud públicos y privados.

Además, se establece que en distintos trámites administrativos vinculados a menores se solicite a los progenitores que expresen su decisión respecto de la donación de órganos de sus hijos.

Sede central del INCUCAI (CABA)

Campañas de difusión y acceso a la información

El proyecto también dispone la realización de campañas de difusión en todo el país para informar a la población sobre los mecanismos disponibles para registrar la voluntad de donar o de oponerse a la donación.

El objetivo es facilitar el acceso a la información y garantizar que las decisiones vinculadas a la donación de órganos puedan ser manifestadas de manera clara y registrada en el sistema.

Los fundamentos del proyecto

En los fundamentos, Juliano sostiene que la ley sancionada en 2018 representó un avance significativo al consolidar el principio de “donante presunto”, por el cual toda persona mayor de 18 años es considerada donante salvo que haya dejado constancia de su oposición.

No obstante, argumenta que la experiencia de aplicación de la norma evidenció la necesidad de introducir ajustes para otorgar mayor claridad jurídica y abordar situaciones vinculadas a la donación pediátrica.

Según datos citados en la iniciativa, en la Argentina hay miles de personas en lista de espera para recibir un órgano, entre ellas más de un centenar de pacientes pediátricos que aguardan un trasplante. En ese contexto, el legislador plantea que mejorar el marco normativo podría ampliar las posibilidades de acceso a órganos compatibles y fortalecer el sistema de donación.

De avanzar en el Congreso, el proyecto implicaría modificaciones puntuales en la legislación vigente con el objetivo de actualizar el régimen de donación y adecuarlo a las experiencias acumuladas desde la implementación de la ley actual.