10/03/2026 - Edición Nº1127

Política

Congreso

Pesca ilegal: cómo son los controles y prohibiciones que mandó Milei al Senado

10/03/2026 | La iniciativa busca reforzar los controles sobre los buques pesqueros que ingresan a los puertos argentinos.



El Poder Ejecutivo nacional remitió al Senado un proyecto de ley para aprobar el “Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto destinadas a prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada”, un instrumento internacional impulsado por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO).

La iniciativa busca reforzar los controles sobre los buques pesqueros que ingresan a los puertos argentinos y fortalecer la lucha contra la pesca ilegal en el Atlántico Sur.

El mensaje fue enviado al Congreso el 3 de marzo de 2026 con la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el canciller Pablo Quirno.

El proyecto consiste en ratificar formalmente el acuerdo internacional adoptado en 2009 en Roma, que establece estándares globales para combatir la pesca ilegal y mejorar los mecanismos de fiscalización portuaria.

Congreso de la Nación 

El objetivo del acuerdo internacional

El acuerdo internacional que el Gobierno busca aprobar tiene como objetivo principal prevenir, desalentar y eliminar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, un problema que afecta tanto la sostenibilidad de los recursos marinos como la competencia entre operadores pesqueros.

Este tipo de actividad ilegal se considera una amenaza para los ecosistemas marinos y para las economías que dependen de la pesca. Además, impacta en la seguridad alimentaria global al comprometer la gestión sostenible de las poblaciones de peces.

Según datos citados en el documento enviado al Congreso, se estima que alrededor del 20% de la pesca mundial proviene de actividades ilegales o no reguladas.

Ante este escenario, el acuerdo establece mecanismos para que los Estados puedan controlar el ingreso de buques pesqueros a sus puertos y verificar que no hayan participado en actividades irregulares.

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Cómo funcionan las medidas del “Estado rector del puerto”

El concepto central del tratado es el del “Estado rector del puerto”, que hace referencia al país que administra un puerto al que ingresan embarcaciones extranjeras.

El acuerdo establece que los Estados tienen la facultad y la responsabilidad de controlar a los buques pesqueros que solicitan ingresar a sus puertos, incluso cuando esos barcos operan bajo bandera de otro país.

Entre las medidas previstas se encuentran:

  • La obligación de los buques de presentar información previa antes de ingresar a puerto.
  • La posibilidad de autorizar o denegar la entrada según la información disponible.
  • La inspección de las embarcaciones para verificar la legalidad de sus capturas.
  • El intercambio de información entre los Estados firmantes.

Este enfoque busca impedir que los barcos vinculados con pesca ilegal utilicen puertos para descargar o comercializar sus capturas.

Información obligatoria antes de ingresar a puerto

Uno de los pilares del acuerdo es la exigencia de información previa por parte de los buques pesqueros.

Las embarcaciones que pretendan ingresar a un puerto deberán proporcionar datos detallados que permitan evaluar la legalidad de sus actividades. Entre la información requerida se incluyen:

  • Identificación del buque.
  • Estado de bandera.
  • Registro pesquero.
  • Autorizaciones de pesca.
  • Zonas de operación.
  • Capturas realizadas.
  • Transbordos efectuados.

Con base en esa información, las autoridades portuarias pueden evaluar si existen indicios de pesca ilegal y decidir si permiten o no el ingreso al puerto.

Posibilidad de denegar el ingreso a puertos

El acuerdo también contempla la posibilidad de que los Estados nieguen el ingreso a puerto a embarcaciones sospechadas de participar en actividades ilegales.

Las autoridades podrán tomar esa decisión cuando existan pruebas suficientes o cuando el buque figure en listas internacionales vinculadas a pesca ilegal elaboradas por organizaciones regionales de ordenación pesquera.

En esos casos, el país deberá comunicar la decisión al Estado del pabellón del buque y a otras organizaciones internacionales pertinentes.

Incluso si el barco ya se encuentra en puerto por algún motivo, el acuerdo permite restringir el uso de instalaciones portuarias.

Restricciones a barcos vinculados con pesca ilegal

El acuerdo prevé medidas específicas para impedir que embarcaciones involucradas en pesca ilegal puedan utilizar los puertos para operar normalmente.

Entre las restricciones previstas se incluyen:

  • Prohibición de desembarcar capturas.
  • Prohibición de realizar transbordos.
  • Impedimento para procesar o empaquetar pescado.
  • Limitaciones para acceder a servicios portuarios.

También se contempla la posibilidad de impedir el repostaje de combustible, el reabastecimiento de suministros o el mantenimiento de las embarcaciones.

Estas medidas buscan eliminar los incentivos económicos de la pesca ilegal al dificultar la comercialización de las capturas.

Inspecciones en los puertos

Otro componente central del acuerdo es el sistema de inspecciones portuarias.

Las autoridades podrán realizar inspecciones a los buques para verificar distintos aspectos de la actividad pesquera, entre ellos:

  • Documentación del barco.
  • Equipamiento de pesca.
  • Registros de navegación.
  • Capturas almacenadas a bordo.

Los inspectores también podrán revisar las bodegas de carga, examinar el pescado y verificar que las especies capturadas coincidan con las autorizaciones otorgadas.

Estas inspecciones pueden incluir muestreos de las capturas para determinar su cantidad, composición y origen.