La Justicia rechazó la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei. La decisión del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7 confirma que el traspaso de los tribunales de trabajo a la órbita de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) continúa vigente y sin suspensiones inmediatas.

El magistrado Enrique Lavié Pico desestimó el pedido de la central obrera para suspender los artículos 90 y 91 de la ley 27.802, conocida como Ley de Modernización Laboral, que establecen el traslado de competencias judiciales nacionales al ámbito porteño. En su fallo, el juez argumentó que el otorgamiento de la cautelar coincidiría con el objeto principal de la demanda y señaló que "no se advierte peligro en la demora" que justifique frenar la normativa en esta etapa del proceso.
Tras el fallo, los nuevos reclamos individuales por despido iniciados en la Ciudad de Buenos Aires se tramitarán ante la justicia local porteña, mientras que las causas ya iniciadas y los conflictos de asociaciones sindicales permanecerán bajo jurisdicción nacional hasta el agotamiento de instancias regulares.
Con el rechazo a la cautelar, el Convenio de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral sigue en ejecución. Este acuerdo determina el cierre progresivo de la Justicia Nacional del Trabajo con sede en CABA a raíz de la "pérdida de competencia" que se generará a través del traspaso.
La nueva estructura judicial porteña, habilitada por la Legislatura local, prevé la creación de diez juzgados de Primera Instancia del Trabajo y una Cámara de Apelaciones del Trabajo conformada por dos salas. Según fuentes del gobierno porteño, el traslado busca mayor eficiencia, ya que la justicia de la ciudad es "más expedita, con mejor infraestructura y más tecnológica". Por su parte, la CGT argumentó en su amparo que la ejecución de la ley "suprime la Justicia Nacional del Trabajo" y traslada competencias de forma que podría dificultar una reparación futura para los trabajadores.

Al no existir una orden de suspensión judicial, las modificaciones de la reforma laboral aprobada por el Congreso de la Nación mantienen plena validez operativa. Entre los cambios más destacados que ya se encuentran en vigencia se incluyen:
🗣️"Desde la CGT reafirmamos que no vamos a aceptar retrocesos".
— InfoGremiales (@InfoGremiales) March 2, 2026
La CGT desde la concentración frente al Palacio de Tribunales, en Plaza Lavalle, presentandose en la justicia en contra de la Reforma Laboral.#InfoGremiales #periodismosindical
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La CGT marchó a Tribunales el 2 de marzo para apoyar a los sindicatos judiciales que resisten la eliminación del fuero laboral nacional y para presentar un recurso pidiendo que se declare inconstitucional toda la ley, pero con especial énfasis en los artículos que restringen al máximo el derecho a huelga y a hacer asambleas en los lugares de trabajo.
Con la presencia de la cúpula de la CGT, se leyó un documento contra “la ampliación de las jornadas de trabajo hasta 12 horas”, “el fin de las horas extras” y, en efecto, “la reducción de los salarios”. Además, el mensaje de la central obrera apuntó contra “la eliminación de la sanción a los empleadores que no pagaron aportes, que la indemnización se pague en cuotas y a través del FAL (Fondo de Asistencia Laboral), costeando los despidos con los aportes de los propios trabajadores, refinanciado la seguridad social y convalidando una brutal transferencia de recursos públicos hacia administraciones privadas”.

Desde la central obrera confirmaron que continuarán el reclamo tras este primer revés. "Estamos definiendo lo que sigue en materia judicial, pero sí es seguro que vamos a continuar el reclamo judicial", afirmaron representantes sindicales tras conocerse el fallo de Lavié Pico. La estrategia del gremialismo apunta a que el traspaso al ámbito porteño representa un ámbito "menos favorable para los trabajadores" y cuestionan que el acuerdo se firmó sin la intervención obligatoria de la Comisión Bicameral.
El magistrado, al rechazar la medida innovativa, ordenó al Estado Nacional que en un plazo de cinco días evacúe el informe previsto en la Ley de Amparo. El proceso judicial continuará ahora analizando la cuestión de fondo sobre la validez constitucional de los artículos que modifican el mapa de la justicia laboral en la Argentina.
TM