13/03/2026 - Edición Nº1130

Política

Artículo 55 en la mira

Reforma laboral: salió un importante fallo en Córdoba que impacta en indemnizaciones

12/03/2026 | Un juez de Córdoba invalidó el artículo 55 que limitaba la actualización de montos en juicios previos.



A menos de una semana de su entrada en vigencia, la Ley de Modernización Laboral N° 27.802 sufrió su primer revés en los tribunales. El juez Ricardo Gileta, integrante de la Cámara del Trabajo de Córdoba, declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la norma, que establecía un tope a los intereses en juicios laborales iniciados antes de la reforma.

La sentencia, firmada el 10 de marzo y difundida este jueves, marca un punto de inflexión en la aplicación de la reforma impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional. Mientras el Gobierno nacional celebraba ayer que la justicia rechazara un amparo masivo de la Confederación General del Trabajo (CGT), este fallo local protege de manera directa el monto de las indemnizaciones en trámite.

Cámara del Trabajo de Córdoba que declaró inconstitucional el artículo 55 de la reforma laboral.

El fallo de la justicia cordobesa impide que los trabajadores con juicios en curso sufran una quita de entre el 20% y el 60% en el cobro final de sus indemnizaciones por despidos anteriores a la ley.

¿Por qué el juez consideró inconstitucional la reforma?

El magistrado Ricardo Gileta sostuvo que el artículo 55 de la nueva ley vulnera el artículo 16 de la Constitución Nacional, que garantiza la igualdad ante la ley. Según el fallo, la norma creaba dos tipos de trabajadores: aquellos con juicios nuevos, que cobrarían una tasa de actualización más alta, y aquellos con juicios viejos, sujetos a un cálculo que reduce el valor real del dinero.

En su escrito, el juez afirmó que «tal diferenciación resulta inconstitucional» porque no encuentra una justificación razonable para que el cobro dependa de la fecha en que se inició la demanda. Además, recordó que las indemnizaciones tienen "carácter alimentario", lo que obliga a los jueces a garantizar que el capital no se pulverice frente a la inflación acumulada.

¿Qué diferencia hay entre la ley y lo que ordenó la justicia?

El conflicto técnico se centra en cómo se cuentan los intereses sobre el dinero adeudado por las empresas. La Ley de Modernización Laboral establecía que para juicios previos se usara la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina (BCRA), con un tope máximo de inflación más un 3% anual.

Sin embargo, para los juicios iniciados a partir del 6 de marzo de 2026, la misma ley prevé un sistema mucho más favorable: inflación más un 3% mensual. El juez Gileta resolvió que esta ventaja también debe aplicarse a los juicios viejos. De esta manera, ordenó que los créditos se ajusten mediante el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) hasta que se concrete el pago efectivo.

¿Qué impacto tiene este fallo tras el rechazo al amparo de la CGT?

Este revés judicial en Córdoba ocurre en un escenario de alta tensión legal. Apenas 24 horas antes, un tribunal nacional había rechazado un pedido de amparo de la CGT, que buscaba frenar la transferencia de la Justicia laboral a CABA.. Aquella decisión fue vista como una victoria para el Gobierno, pero el fallo de Gileta demuestra que la ley será discutida artículo por artículo en cada provincia.

Especialistas del fuero laboral señalan que, aunque esta sentencia solo rige para el caso concreto, abre la puerta para que miles de abogados pidan lo mismo en otros tribunales del país. Esto genera una situación de incertidumbre para las empresas, que ya daban por hecho una reducción en los costos de los litigios heredados.

¿Cómo sigue la disputa en los tribunales?

La resolución de la Cámara del Trabajo de Córdoba podría escalar hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación si es apelada por el Estado o las cámaras empresarias. Mientras tanto, la reforma ya muestra aplicaciones contradictorias: por un lado, se frena el recorte de intereses en juicios (en Córdoba), y por otro, se limita el derecho a huelga en servicios esenciales.

De hecho, la provincia de San Juan ya aplicó la nueva normativa para frenar un paro docente esta misma semana, obligando a los gremios a garantizar el 75% del servicio educativo. Esta disparidad de criterios marca el inicio de una etapa de judicialización masiva para la Ley de Modernización Laboral.

TM

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