15/03/2026 - Edición Nº1132

Política

Claves jurídicas

Caso Lemoine: el fiscal redobla la apuesta, ¿qué pasará con Casalongue?

15/03/2026 | El fiscal pidió revocar la “falta de mérito” dictada en favor del periodista. Qué implica esa figura, por qué se revisa la decisión previa y qué significa que el expediente continúe en investigación



Una causa judicial iniciada a partir de una denuncia de la diputada Lilia Lemoine volvió a cobrar relevancia luego de que el fiscal Leonel Gómez Barbella solicitó revocar la resolución de la jueza Vanesa Peluffo, quien había dictado una “falta de mérito” para el empresario de medios Mario Casalongue y el periodista Ulises Cuenca. La investigación analiza si la publicación de imágenes íntimas de la legisladora y otras mujeres -Lu Palavecino y Marilú Medina- podrían constituir un delito de extorsión vinculado a un presunto pedido de pauta oficial, en un contexto de violencia de género digital.

Más allá de la toma de posición que cada lector puede tomar en favor de la diputada o del periodista, el caso plantea una cuestión jurídica central que es necesario explicar: qué conductas configuran realmente el delito de extorsión y cuándo corresponde avanzar hacia un procesamiento. La necesidad de hacer esto es abordar la cuestión desde una mirada jurídica, con la finalidad de evitar que "lo que sabemos todos" o el famoso "lo dice todo el mundo" ocupen un lugar en detrimento de los conceptos jurídicos.

Qué es el delito de extorsión

En nuestro derecho penal, la extorsión es un delito tratado en el Título VI, Delitos contra la propiedad. El bien jurídico tutelado es la propiedad, porque el objetivo del autor es obtener un beneficio patrimonial de parte de la víctima. Se configura extorsión-artículo 168- cuando el autor utiliza intimidación, simula ser autoridad pública -o tener orden de la misma- para obligar a otra a entregar dinero, bienes o documentos que generen efectos jurídicos.

Mario Casalongue entrevistado por NewsDigitales en la entrega de los premios Martìn Fierro Digital 2025

La figura es dolosa y exige dos cosas: que el autor no sea funcionario público -porque se serlo seria delito de exacciones ilegales- y que no exista violencia en la entrega del dinero, bienes o documentos -porque de haber sería robo. La pena en expectativa es de 5 a 10 años de prisión El mismo artículo tiene una segunda parte, que es la extorsión de documentos. En esta figura se castiga al que por los mismos medios, o con violencia, obligue a otro a suscribir o destruir documentos de obligaciones de crédito.

En esta causa, la hipótesis del fiscal sostiene que la difusión de fotografías íntimas habría sido utilizada como mecanismo de presión para obtener publicidad oficial para determinados portales periodísticos. Sin embargo, para que exista extorsión no basta con la publicación de material ofensivo o polémico: la ley exige que se pruebe que esa conducta fue utilizada específicamente para obligar a la víctima a entregar dinero o un beneficio económico. Ese punto es el eje del debate judicial.

Por qué se había dictado la “falta de mérito”

La jueza Peluffo había resuelto inicialmente dictar falta de mérito, algo que suele escucharse con frecuencia en investigaciones complejas y que la prensa repite hasta el cansancio, sin explicar de que se trata. Lo que quiso decir la jueza con su resolución es que las pruebas reunidas hasta ese momento no son suficientes ni para procesar ni para sobreseer a los imputados.

En otras palabras, la magistrada entendió que no estaba acreditado de manera clara que las denunciantes hubieran sido intimidadas para entregar dinero, bienes o documentos que generen efectos jurídicos. Esta decisión no implica una absolución ni una condena: simplemente indica que la investigación debe continuar hasta que se pueda estar en condiciones de tomar una decisión contundente.

Por qué el fiscal pidió revocar esa decisión

El fiscal Gómez Barbella apeló la resolución al considerar que las publicaciones en sí mismas podrían tener un carácter intimidatorio y extorsivo. Se trata de una interpretación, no es un cierre del proceso. Para eso todavía falta mucho.

Desde esta perspectiva, el Ministerio Público sostiene que los elementos reunidos permitirían avanzar hacia el procesamiento, es decir, una decisión judicial que afirma que existen indicios suficientes para continuar el juicio penal contra los acusados. Sin embargo es necesario destacar que ahora queda esperar el resultado de la apelación.

Qué significa que se revise el sobreseimiento

En términos jurídicos, revocar una falta de mérito no implica declarar culpable a nadie. Lo que se discute es si el expediente cuenta con suficientes elementos para pasar de una etapa preliminar a una fase más avanzada del proceso penal.

De acuerdo a la informaciíon disponible para consulta pública en la página pjn.gov.ar, el expediente está en la Mesa de Entradas Judicial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, desde el 3 de marzo último. Esto implica que no se puede acceder desde la plataforma que el poder judicial habilitó para el seguimiento de causas, de consulta diaria para quienes ejercen la profesión de abogado.

El rol de los acusados en la causa

En el expediente aparecen mencionados Casalongue, dueño de 70 portales, cuya nave insigna es Agencia NOVA, y Ulises Cuenca, estrecho colaborador del periodista oriundo de Rojas y director de La Postal de Mar del Plata, un portal periodístico que habría replicado parte del contenido investigado

Desde el punto de vista procesal, la situación de ambos periodistas es que se encuentran imputados, pero no condenados. En la práctica esto significa que mantienen plenamente su presunción de inocencia, su apellido limpio, su derecho a defensa y a que sea la Justicia -y no las redes, los trolls ni los youtubers libertarios- quien determine si las conductas investigadas constituyen o no un delito penal.

Un debate más profundo

Este caso es candidato a convertirse en objeto de estudio en la carrera de abogacía, en los proximos años. No es un detalle menor que los imputados sean periodistas, por el contrario, eso abre una discusión sobre la libertad de expresión y las conductas que pueden constituir presión ilegítima. El contexto digital en el que podrían haber ocurrido las cosas -o no- tampoco es menor, por la velocidad y alcance de las publicaciones cuestionadas.

No es la primera vez que la política y el periodismo terminan discutiendo una noticia en Tribunales. Por ahora, el expediente sigue en etapa de investigación y rige entre las partes una restricción de contacto -personal, a través de emisarios y por medios electrónicos- y la orden de retirar determinadas publicaciones— buscan preservar a las presuntas víctimas mientras se esclarecen los hechos.