17/03/2026 - Edición Nº1134

Política

Reforma laboral y UEJN

Frenan el traspaso de 732.000 juicios laborales a CABA: qué pasa con las causas

17/03/2026 | La Justicia suspendió los artículos de la reforma laboral que disolvían juzgados nacionales y los transferían.



El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nro. 30 dispuso este martes la suspensión de los efectos del acuerdo de transferencia de la justicia laboral a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). La medida cautelar, firmada por el juez Herman Mendel, frena la aplicación de los artículos 90, 91, 92, 93, 94 y 79 de la Ley 27.802, conocida como la "Ley de Modernización Laboral".

La resolución judicial detiene temporalmente la disolución de 30 juzgados nacionales vacantes y la redistribución de competencias hacia la órbita porteña. Esta decisión surge tras una acción declarativa de inconstitucionalidad presentada por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), gremio conducido por Julio Piumato, alegando vicios en el procedimiento legislativo y riesgos para la estabilidad laboral

El fallo ordena la suspensión total del traspaso de 732.730 juicios laborales activos y preserva la estabilidad de 1.530 agentes judiciales, manteniendo las causas bajo la jurisdicción del Poder Judicial de la Nación hasta que se dicte una sentencia definitiva.

¿Por qué se suspendió el traspaso de los juicios?

El magistrado consideró que el procedimiento adoptado por el Estado Nacional no fue compatible con el mecanismo establecido en el artículo 12 de la Ley 24.588, denominada "Ley Cafiero". Según la resolución, se omitió la "imperativa intervención de la Comisión Bicameral" encargada de supervisar los procesos de coordinación entre la Nación y la Ciudad.

Poder Judicial de la Nación en Lavalle 1268, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), sede donde se tramitan las causas suspendidas.

Además, el fallo analiza los cuestionamientos de la UEJN sobre la competencia del Congreso de la Nación para tratar este tema en sesiones extraordinarias. El gremio argumentó que el traspaso no formaba parte del temario original enviado por el Poder Ejecutivo de la Nación el 11 de diciembre de 2025, lo que vulneraría el principio de legalidad parlamentaria.

¿Cómo afecta esta medida a los trabajadores?

Diferencia de carga horaria entre la justicia nacional y la porteña.

La medida cautelar protege, de forma provisoria, las actuales condiciones laborales de los agentes del fuero. El sindicato judicial advirtió que el traspaso pretendido incurría en una "regresividad normativa" que afectaba derechos adquiridos, tales como:

  • Jornada laboral: el traspaso implicaría pasar de las 6 horas diarias actuales a un régimen de 35 horas semanales (7 horas por día) previsto en el convenio de CABA.
  • Escalas salariales: existe incertidumbre sobre el régimen de cargos y escalas, ya que el traspaso podría implicar una normativa con salarios inferiores.
  • Régimen de ascensos: se pretendía sustituir el sistema basado en antigüedad y exámenes de la Justicia Nacional por un régimen administrativo de evaluación anual de la ciudad.
  • Maestranza: el gremio denunció que las funciones del personal de maestranza no están contempladas en el convenio colectivo de la Ciudad.

¿Por qué el Gobierno busca que la Ciudad controle los juicios laborales?

Tanto la administración de Javier Milei como el gobierno porteño de Jorge Macri sostienen que el objetivo es reordenar el sistema judicial. En términos políticos, ambos gobiernos consideran que la actual justicia del trabajo es cercana a posiciones gremiales y dicta resoluciones que impactan negativamente en el sector privado.

El fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nro. 30 que dispuso la suspensión de los efectos del acuerdo de transferencia de la justicia laboral a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Con el traspaso, el Ejecutivo busca crear un ámbito judicial "más amigable" con las empresas. Según fuentes oficiales, desde que la Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló la intervención del Tribunal Superior de Justicia porteño en causas laborales, se revocaron criterios previos sobre indemnizaciones y accidentes de trabajo.

¿Cuál es la situación del reclamo judicial de la CGT?

La Confederación General del Trabajo (CGT) apeló este lunes el fallo del juez Enrique Lavié Pico, quien había rechazado suspender los artículos del traspaso. El magistrado del fuero contencioso administrativo federal no aceptó la cautelar al considerar que suspender la ley implicaría "adelantar opinión" sobre la cuestión de fondo.

La marcha de la CGT a Tribunales contra la reforma laboral, el 2 de marzo.

Ante esta negativa, la central obrera recurrió a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal. Los abogados de la CGT sostuvieron que, si no se suspende la norma, la sentencia definitiva podría llegar tarde, "cuando ya se hubieren cerrado juzgados y redistribuido causas".

¿En qué otros puntos de la reforma intervino la justicia?

El freno al traspaso judicial constituye el tercer revés contra la reforma impulsada por el Gobierno. Recientemente, tribunales de Córdoba y La Plata declararon inconstitucionales artículos referidos a la actualización de créditos laborales en juicios activos, por considerar que afectaban derechos fundamentales.

Asimismo, el juez Herman Mendel ya había intervenido previamente en otros conflictos, suspendiendo sumarios contra trabajadores del Hospital Garrahan que protestaron por descuentos aplicados por el Ejecutivo. En tanto, la justicia contencioso administrativa sigue analizando el informe que el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovello, debe presentar sobre la demanda de la CGT

¿Qué cambios establece la nueva Ley de Modernización Laboral?

La normativa aprobada por el Congreso e impulsada por el Ejecutivo incorpora modificaciones profundas en la relación de empleo. Entre los puntos principales figuran:

  • Salarios: se permite, de forma opcional, el pago de sueldos en moneda extranjera.
  • Indemnizaciones: se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema optativo de capitalización para el cese laboral que reemplaza el esquema actual de indemnizaciones.
  • Jornada: se crea un "banco de horas" que permite acumular horas extra como saldo para compensar con días libres.
  • Huelgas: se amplía el listado de "servicios esenciales" (como educación y transporte), que deben garantizar al menos el 75% de prestación durante paros.
  • Ultraactividad: se elimina la vigencia automática de los convenios colectivos una vez que vencen sus plazos de negociación.

TM

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