18/03/2026 - Edición Nº1135

Política

Beneficio legal

¿Cómo logró Lázaro Báez ser sobreseído gracias a una ley de Milei?

18/03/2026 | La Justicia aplicó la nueva normativa y dejó sin efecto parte de la causa por evasión, lo que terminó generando el sobreseimiento de Báez y 11 personas más.



El empresario Lázaro Báez fue sobreseído de manera parcial junto a otras 11 personas en una causa por evasión impositiva vinculada a Austral Construcciones, a partir de la aplicación de la Ley de Inocencia Fiscal impulsada por el Gobierno de Javier Milei.

La decisión fue tomada por el Tribunal Oral en lo Penal Económico N°3, que resolvió el caso apenas un día antes del inicio del juicio oral.

El fallo introdujo un cambio clave en el expediente: la aplicación de la nueva legislación permitió desestimar parte de las acusaciones.

Cómo impacta la nueva ley

La normativa modificó los montos mínimos para que una deuda con el fisco sea considerada delito penal.

Desde su entrada en vigencia, la evasión simple requiere un monto superior a los $100 millones por tributo y por ejercicio anual, mientras que la evasión agravada eleva ese piso a $1.000 millones.

En este caso, los jueces Fernando Machado Pelloni, Karina Perilli y Jorge Zabala aplicaron el principio de la ley penal más benigna, que obliga a utilizar la normativa vigente si resulta más favorable para los acusados, incluso de forma retroactiva.

Bajo ese criterio, quedaron sin efecto los cargos correspondientes a períodos fiscales que no alcanzaban los nuevos umbrales.

Los períodos alcanzados

El sobreseimiento incluyó los ejercicios fiscales 2010, 2011, 2013 y 2014.

Durante esos años, las deudas por IVA y Ganancias de Austral Construcciones oscilaron entre los $8 millones y los $99,9 millones, por debajo del nuevo piso penal establecido.

En cambio, la causa continuará por el período 2012, cuando la empresa registró deudas superiores al límite: $113.193.286 en IVA y $178.037.143 en Ganancias.

Otro frente judicial abierto

Pese al alivio parcial, Báez recibió un revés en otra causa. La Corte Suprema de Justicia rechazó un planteo de su defensa que buscaba cerrar una investigación por falta de aportes a la seguridad social.

El máximo tribunal descartó el argumento de que la deuda había sido saldada en el marco del proceso de quiebra y remarcó que los delitos tributarios no se extinguen bajo esas condiciones.