29/03/2026 - Edición Nº1146

Judiciales

Sentencia firme

“En mi religión no tocamos mujeres”: la defensa que no evitó una condena por abuso

24/03/2026 | El acusado alegó normas de recato para negar los hechos, pero la Justicia lo encontró culpable.



“En mi religión no tocamos a personas del sexo opuesto”. Así intentó justificar su inocencia Daniel Gustavo Quil, de 57 años, acusado por el abuso sexual reiterado de su hija adoptiva menor. Sin embargo, terminó condenado a cinco años de prisión y detenido luego de que la Corte Suprema confirmara la sentencia.

El hombre, integrante de la comunidad judía ortodoxa en la Ciudad de Buenos Aires, intentó sostener durante el juicio que su vida estaba regida por normas estrictas de recato, conocidas como tzinut”, que implican evitar cualquier tipo de contacto físico con mujeres, incluso dentro del ámbito cotidiano. Según su versión, su vínculo con la adolescente se limitaba a intercambios superficiales y nunca habría existido una situación de abuso.

También explicó que, dentro de su práctica religiosa, la sexualidad está estrictamente regulada y circunscripta al matrimonio, con períodos en los que incluso se evita el contacto con la propia esposa. Bajo esa lógica, planteó que la denuncia resultaba incompatible con su forma de vida.

La Justicia desestimó esa defensa. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 3 consideró acreditados los hechos y lo condenó a cinco años de prisión por episodios reiterados ocurridos en 2016, cuando la víctima tenía entre 12 y 13 años.

La sede la Policía de la Ciudad de Buenos Aires donde se encuentra detenido el acusado. 

La acusación se apoyó principalmente en el testimonio de la joven, primero en Cámara Gesell y luego durante el juicio oral. Allí relató situaciones ocurridas en el ámbito familiar, en un contexto de convivencia y bajo una relación de autoridad.

Uno de los episodios, según su declaración, ocurrió durante la noche, en ausencia de su madre. La adolescente contó que el imputado le indicó que se recostara y, tras un primer contacto aparentemente inocuo, avanzó sobre su cuerpo y le pidió que no contara lo sucedido.

Una frase aberrante

Para los jueces, también resultó determinante un intercambio posterior entre ambos. La joven recordó que, tras consultar sobre un caso de abuso que había leído, recibió como respuesta que ese tipo de hechos eran ilegales cuando la víctima no quería, pero que en su caso era distinto porque “se amaban”, por lo que debía guardar silencio.

El tribunal entendió que ese tipo de expresiones permitió explicar la dinámica del vínculo, el sometimiento y el tiempo que transcurrió hasta la denuncia. También valoró el proceso posterior de la víctima, quien necesitó años de tratamiento psicológico para poder poner en palabras lo ocurrido.

Durante el juicio, la fiscalía había solicitado una pena de 19 años de prisión. Sin embargo, los jueces fijaron la condena en cinco años, que fue confirmada en 2024 por la Cámara de Casación.

La sentencia quedó firme esta semana tras la intervención de la Corte Suprema, lo que derivó en la orden de detención. Quil se entregó el 18 de marzo y quedó alojado en una dependencia de la Policía de la Ciudad.

A lo largo del proceso, el acusado permaneció en libertad, incluso después de la condena. Recién con la decisión del máximo tribunal se concretó su detención.