El Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de San Isidro rechazó el pedido de libertad condicional presentado por la defensa de Nicolás Pachelo, condenado a prisión perpetua por el crimen de María Marta García Belsunce, ocurrido en 2002 en el country Carmel de Pilar.
La decisión fue celebrada por la querella, que cuestionó de plano la solicitud. El abogado de Carlos Carrascosa, Gustavo Hachem, sostuvo que el planteo “no corresponde” y explicó que, en función del régimen aplicable, el condenado recién podría aspirar a ese beneficio tras cumplir 25 años de pena. “Puede pedir la condicional a los 25 años, porque el hecho se produjo con la vigencia del Código Penal anterior, hoy sería 35 años”, precisó.
En esa línea, el letrado fue categórico sobre el futuro del reclamo: “Igualmente lo van a rechazar, no tiene chance”, afirmó tras conocerse la resolución firmada por los jueces Andrés Andrejin y Victoria María Guglielmetti.

El pedido también fue duramente cuestionado por el entorno de la víctima. Carrascosa calificó la solicitud como “absurda” y “ridícula”, al remarcar que Pachelo fue condenado por un hecho de extrema gravedad.
Más allá del rechazo, la situación procesal del condenado aún no está cerrada. La defensa apeló la sentencia y llevó el caso ante la Suprema Corte bonaerense, por lo que la condena todavía no se encuentra firme.
Pachelo fue condenado a prisión perpetua por la Sala I de la Cámara de Casación bonaerense el 27 de marzo de 2024, al ser considerado responsable de los delitos de robo agravado por el uso de arma y homicidio criminis causa agravado por el uso de arma de fuego.
El fallo revirtió la absolución que había obtenido en el juicio oral de 2022 por el crimen, aunque en ese proceso había sido condenado por una serie de robos en countries.
Según estableció la Casación, el asesinato de García Belsunce fue cometido por Pachelo para asegurar la impunidad del robo que se desarrollaba en la vivienda de la víctima, en una reconstrucción que cambió el rumbo de una de las causas más emblemáticas del país.
En febrero de 2025, ese mismo tribunal ratificó la condena al rechazar los planteos de la defensa, lo que consolidó el criterio que ahora vuelve a respaldar la negativa a conceder beneficios anticipados.