A raíz de la emergencia alimentaria que atraviesa el país, el Gobierno creó un programa de compensación económica para congelar y controlar el precio de los productos lácteos en diversos canales de venta.

A raíz de la situación de Emergencia Alimentaria que atraviesa el país y fue prorrogada por el Gobierno hasta el año 2022, fue creado y publicado en el Boletín Oficial de ayer, 29 de abril, un programa de compensación económica para controlar y congelar el precio de los productos lácteos en supermercados, hipermercados, minimercados y la venta al por menor.

Según el Decreto 418, “resulta necesario generar un efecto favorable en los precios destinados a la población” y evitar sobreprecios en un contexto económico que además se ve fuertemente golpeado por la pandemia de coronavirus que afecta al país. El monto de las compensaciones será determinado a través de dos vías:

1. En cuanto a las ventas de los alimentos lácteos que se encuentran gravadas por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), la compensación será equivalente al porcentaje que determine el Ministerio de Desarrollo Productivo del importe del crédito fiscal que resulte computable para el vendedor en los términos del artículo 12 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.

2. En cuanto a las ventas de los alimentos lácteos que se encuentren exentas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la compensación será equivalente al Impuesto al Valor Agregado que se le haya facturado al beneficiario de esta compensación, por las adquisiciones de los alimentos que haya destinado a esas mismas ventas. Sin embargo, el monto de la compensación no podrá exceder el importe que surja de aplicar al precio neto de las ventas comprendidas en cada mes, y esto será determinado conforme al artículo 10 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado.